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Especifica tres casos que deben ser notificados al organismo emisor en un plazo de una hora
El Banco Central de Venezuela publicó este lunes una circular en la que comunica a los bancos que deben reportar 'los incidentes operacionales' que ocurran durante las operaciones con fondos o valores. Señala el documento, fechado el 7 de abril, que las entidades financieras 'deberan reportar a este instituto los incidentes operacionales que hayan producido una perturbación o falla en las operaciones y procesos que tengan por objeto la tramitación y ejecución de órdenes de transferencias de fondos y/o valores'. Especifica tres casos que deben ser notificados al organismo emisor:
interrupción por mas de treinta (30) minutos, que el número de operaciones no procesadas sea superior al diez por ciento (10%) del número de operaciones promedio diaria del sistema y que el monto de las operaciones no procesadas supere el cinco por ciento (5%) del monto promedio procesado en el último mes. Para transmitir esta información los bancos tienen un plazo de 1 hora luego de ocurrido el incidente y tres días para un informe final (en electrónico y físico).Lea mas de esta información en la edición impresa de El Mundo Economía y Negocios de este martes 15 de abril de 2014 o en Kiosko.com
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| Fecha publicada: 15/04/2014 Fuente: El Mundo economia Tema: economia Tags: Banca en Venezuela
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