|
|
En el 2004 Conatel ordenó a Movistar la eliminación del concepto 'larga distancia nacional' en la instalación, operación, prestación y explotación del servicio de telefonía móvil, y la prohibición de utilizar entre los cargos facturados al usuario 'algún servicio definido en la Resolución Contentiva de los Atributos de las Habilitaciones Administrativas para lo cual no esté expresamente habilitado por el Ente Regulador, que no sea prestado al usuario y de cuya prestación éste no tenga la posibilidad de elección'.
Movistar-Venezuela.jpg
La Sala Político Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró sin lugar este martes el recurso de nulidad introducido por la empresa Movistar sobre una sanción de 25 mil ... REGRESAR |
| Fecha publicada: 05/11/2014 Fuente: Informe21 Tema: telecom
|
*** noticias no disponibles *** |
|