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La reforma de la Ley de Banco Central decretada vía Habilitante introduce varios cambios
El Ejecutivo reformó la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) para permitir que los diamantes, piedras y metales preciosos, así como 'monedas de reserva', se cuenten como parte de las Reservas Internacionales, de acuerdo con lo publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014.Haciendo uso de sus poderes Habilitantes, el presidente Nicolas Maduro, reformó cuatro artículos de la Ley del BCV, entre ellos el 127 relacionado con
los componentes de las reservas internacionales.De esta forma se introducen varias modificaciones: el término 'divisas' se cambia por 'monedas de reserva'; y se incluye a los 'diamantes y demas piedras o metales preciosos' como parte de las reservas internacionales.Ademas, se agrega que 'los activos en monedas distintas al bolívar que mantenga el Banco Central de Venezuela podran calificarse como reservas internacionales o como otros activos en moneda extranjera', consideración que no estaba presente en la versión anterior de la Ley.Mas adelante se explica que 'se considera como moneda de reserva a las divisas libremente convertibles y de aceptación universal, así como aquellas monedas extranjeras de facil conversión en divisas en las principales plazas internacionales y que sean empleadas como monedas de cuenta o de pago en compromisos asumidos por la República'.En cuanto a la incorporación de diamantes, metales y piedras preciosas el artículo modificado señala que podran estar depositados en las bóvedas del BCV o 'en instituciones financieras en el exterior calificadas de primera clase, según criterios reconocidos internacionalmente'.En una nota de prensa el BCV señaló que 'tradicionalmente, las reservas internacionales han estado conformadas por oro monetario; depósitos y títulos valores en divisas emitidos por instituciones financieras del exterior certificadas como de primera clase o por entes públicos extranjeros e instituciones financieras internacionales en las cuales la República tenga participación e interés; Derechos Especiales de Giro (DEG) u otra moneda fiduciaria internacional y la posición crediticia neta de la República en el Fondo Monetario Internacional'. Recientemente el presidente Maduro señaló que aspira a que el país
desarrolle mecanismos para 'ampliar el acceso a divisas libremente convertibles: yuanes, yenes, rublos y hasta sucres', para fortalecer las Reservas... REGRESAR |
| Fecha publicada: 05/12/2014 Fuente: El Mundo economia Tema: economia
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