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Armando Carrasquel trabajó en una empresa de seguridad desde diciembre de 2013 hasta abril de 2015, cuando fue despedido injustificadamente, pues estaba exigiendo sus vacaciones vencidas desde hace varios meses.Tras el despido decidió dirigirse la Inspectoría del Trabajo de Caracas, y al igual que todas las personas que pasan por una situación similar tuvo que hacer cola desde las 5:30 de la mañana para que lo atendiera un inspector u abogado, quienes comienzan a trabajar a las 8 am.'Le conté lo que sucedió, presenté las pruebas y se abrió un expediente. Sin embargo, lo que debía haber sido un proceso rapido por tener todo a mi favor demoró mucho, no fue hasta octubre cuando en la inspectoría citaron a la empresa y ordenaron mi reenganche y pago de salarios caídos', comentó.El proceso. La Ley Organica del Trabajo (Lot) especifica lo que se debe hacer ante la inspectoría:Presentar un escrito con su nombre, empresa, cargo y explicación del despido con todos los documentos que avalen la queja.
En dos días habiles el inspector revisara los documentos, en caso de que tengan deficiencias convocara al trabajador para que la subsane, cuando esté todo en orden y corroborado podra ordenar el reenganche, cancelación de los salarios caídos y demas beneficios dejados de percibir.Un funcionario del ente notificara a la empresa la decisión del inspector para que proceda a restituir los derechos del trabajador.
La compañía podra defenderse. Si las pruebas no son suficientes tendra que reenganchar al empleado.En caso de no acatar la orden se abrira un expediente contra la empresa, sera considerado flagrancia y el patrono sera puesto a la orden del Ministerio Público para su presentación ante la autoridad judicial correspondiente.La empresa podra presentar las pruebas y en un lapso de 8 días luego del inicio del juicio el inspector decidira si se mantiene o no la orden de reenganche y restitución de los derechos.La decisión es irreprochable, deberan acatarla ambas partes y no se aceptara ningún recurso de nulidad.... REGRESAR |
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