El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa del TSJ admitió las demandas de nulidad contra la Resolución de los ministerios de Industrias Ligeras y Comercio, y de Educación, por la cual se mantienen para el año escolar en curso las matrículas, mensualidades y condiciones de pago de los colegios privados en el año anterior.
Se trata de dos acciones similares, formalizadas una por la Cámara Venezolana de la Educación Privada, Cavep, y la otra por la Asociación Civil Red de Padres y Representantes.
En ambas se denuncia violación de normas constitucionales e incluso falta de competencia de los despachos que dictaron el acto impugnado, y se exige que por vía de medida cautelar innominada se suspendan los efectos de la Resolución hasta que el alto tribunal dicte sentencia definitivamente firme en el caso.
El Juzgado de Sustanciación, visto que están dados los requisitos de ley para la admisión, la acuerda y ordena tramitar la notificación de los ministros suscriptores del acto ministerial, el Fiscal General y la Procuradora General de la República, librar el cartel para las personas interesadas y, en cuanto a la cautelar de suspensión de efectos, decidirá la sala. REGRESAR |