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E estatus de conjuez del TSJ no servirá para proteger al ex fiscal general Isaías Rodríguez del enjuiciamiento común, ya que el antejuicio sólo es en beneficio de la función por la cual se le pida responsabilidad al funcionario. El fiscal será protegido de reclamos por sus actos como fiscal, el ex fiscal no puede ser protegido por reclamos de sus actos de cuando fue fiscal por el hecho de asumir otro cargo diferente, ni siquiera el de magistrado que pudiera llegar a tener.

La fórmula del antejuicio tiene razón de ser en cuanto impide que al ejercicio de la función pública se le entorpezca por querellas no sometidas a un previo y calificado control. Si un presidente, un ministro, un magistrado, un parlamentario o un fiscal general deba estar atendiendo citas de tribunales ordinarios, la actividad resultará dificultada y el titular se verá muy limitado para hacer su trabajo. Pero si el fiscal deja de serlo y quedan víctimas por sus actos, no puede decirse que las querellas que en su contra se interpongan van a entorpecer labores que ya no ejerce.

Hay otra razón que excluye el antejuicio en este caso. Conjuez es una persona que sin ser magistrado, ni principal ni suplente, es nombrado no por el Poder Legislativo, sino por cada magistrado a cuya proposición la Sala Plena le discierne la designación, y sólo puede entrar en funciones para conocer de expedientes en los que los magistrados principales y sucesivamente los suplentes estén excusados o inhibidos. No son magistrado propiamente dicho, ni siquiera pueden sustituirlos en faltas temporales.

Tampoco es que luzca muy prudente designar como magistrado a quien aparece en medio de un tormentoso escándalo en el cual se revela el incalificable crimen de manipular una investigación y posterior proceso judicial para inculpar, perseguir y encarcelar a gente inocente. Muchos otros profesionales doctos y limpios de semejantes cargas pueden encontrar para llevar al TSJ. La opción de Isaías Rodríguez no encuentra otra explicación que utilizar la institución como excusa para la evasión.

En Venezuela se sabe que nadie es designado en un cargo importante sin la venia del Presidente, de manera que si el cuestionado nombramiento se produce será porque éste haya decidido asumir el costo de lo que resultaría en una grotesca maniobra. Mientras se espera el despeje de esta incógnita la presidenta del TSJ ha dado el paso de nombrar al cuestionado ex fiscal como su conjuez, y con ello lo introduce subrepticiamente por la puerta trasera de la magistratura pretendiendo forzar su nombramiento como titular, y enviando un mensaje a los jueces ordinarios, en su mayoría provisorios, a quienes ella puede destituir de un plumazo. Les está advirtiendo que ese posible sujeto de una querella penal es su protegido, es su conjuez.

La jugada del nombramiento como conjuez del complicado ex fiscal plantea este dilema: si la Asamblea Nacional lo designa como magistrado estará claro que el Presidente resolvió asumir las consecuencias de una operación de salvamento que ha negado hasta a su propia familia, pero si no se produce dicho nombramiento se sabrá que Isaías Rodríguez tendrá que defenderse solo de las acusaciones en su contra, y también en claro quedará que Luisa Estella Morales dio un paso en falso y estará desnuda junto a su conjuez frente a un país que clama por el rescate de un sistema de justicia eficaz y honorable.

Quizás ha llegado el momento a Chávez de evocar el recuerdo de una Luisa Estella Morales que, siendo la secretaria ejecutiva de aquella Comisión Presidencial por la reforma, votó en contra y se hizo fotografiar haciéndolo, quizá por torpeza, quizá por desafío. REGRESAR


Fecha publicada: 11/04/2008
Fuente: El Nacional
Tema: politica
Tags: Caso Danilo Anderson / Isaías Rodriguez


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