'Las 26 leyes sometidas a discusión por el presidente Hugo Chávez Frías y consejos de ministros, aprobadas el pasado 31 de julio del año en curso, a través de la Habilitante, están apegadas a las Constitución Nacional y quienes estén en desacuerdo, pueden usar mecanismos legales para rechazarlas'.
Así lo informó Ramón Carrizales, vicepresidente Ejecutivo a través de una rueda de prensa en su despacho el día de ayer, en donde aprovechó para decir que dichas leyes pueden ser reformadas por la Asamblea y por medio del TSJ. Además, señaló que quedaron por fuera unas 16 leyes que no entraron en la Habilitante concedida al presidente Hugo Chávez, a través del Palacio Legislativo, ya que era necesario discutir otros elementos y cuando se 'depuren' serán enviadas a la Asamblea Nacional para su consideración.
Entre los textos legales están, la Ley sobre Conflicto de Intereses, Ley de Armas y Explosivos, Ley de Asociaciones Cooperativas, Ley Orgánica del Sistema Financiero Público, Ley del Banco Central de Venezuela, Ley de Actividad Aseguradora, Ley de Desarrollo Industrial, Ley General de Puertos, Ley de Marina Mercante, Ley de Ordenación y Desarrollo del Territorio; Ley para el Control de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, Ley de la Inversión Hipotecaria; leyes de Salud, Educación y Seguridad de la Fuerza Armada.
El segundo vocero del alto Gobierno dijo que dichos preceptos legales tocan puntos en la transformación de las instituciones del Estado; participación popular; valores esenciales del ejercicio de la función pública; económico y social; financiero y tributario; seguridad ciudadana y jurídica; ciencia y tecnología; ordenación territorial, seguridad y defensa; infraestructura, transporte y servicios; y energético.
Carrizales explicó que el presidente Hugo Chávez tiene la facultad y el poder de decretar leyes habilitantes, más aún después de que el Tribunal Supremo de Justicia, a través de un dictamen de la Sala Constitucional, anunciara la Constitucionalidad del Carácter Orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Ordenación y Desarrollo del Territorio. Esto conforme a lo previsto en el artículo 203 de la Constitución, el artículo 2 de la Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que se Delegan y en el artículo 5.17 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
El vicepresidente expresó que los textos legales podrían estarse aplicando en menos de un año.
OPOSICIÓN METE LA MANO
En la rueda de prensa criticó a los sectores que 'tratan de desvirtuar el verdadero espíritu' de la modificación de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional. 'Uno de los elementos que se consideran dentro de esta Ley es el separar lo operacional, de lo administrativo', mientras que en en finanzas 'aparecieron unas reformas puntuales que tiene que ver con ampliar la capacidad de actuación del Bandes, tenemos la Ley para la Defensa de Personas en Acceso a los Bienes y Servicios que va a reemplazar a la Ley del Indecu'. REGRESAR |