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Durante los diez años de su gobierno, el presidente Hugo Chávez ha llamado al diálogo al sector privado. Sin embargo, sus acciones no acompañan su discurso. Mantener por más de cinco años los controles bancarios y de precios no ha sido visto con buenos ojos por el empresariado y mucho menos como una señal de conciliación.

Menos aún cuando el 31 de julio -a punto de vencerse el plazo de la Ley Habilitante- promulgó un conjunto de normas que, a juicio de las directivas del empresariado, limita aún más el desarrollo productivo.

La entrada en vigencia de las nuevas leyes ocurrió a escasos dos meses de haberse reunido con algunos empresarios en el hotel Alba Caracas, para anunciar las políticas económicas que aplicaría durante este año.

La eliminación del impuesto a las transacciones financieras fue calificada de positiva por el sector privado.

En julio se decretaron 26 leyes dentro de la Habilitante, de las cuales 8 son consideradas por Conindustria como un cerco para la actividad industrial. 'Hay normas o disposiciones que por su inaplicabilidad no afectan. El trueque y las monedas comunales son un ejemplo. Nadie va andar con una moneda de Falcón para ir a comprar a Lara, porque no la van a aceptar', expresó Ismael Pérez Vigil, presidente ejecutivo del gremio industrial.

Los mandatos más perjudiciales para la actividad privada, de acuerdo con Fedecámaras, Consecomercio y Conindustria, son la de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria y la de Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios.

El 3 de diciembre pasado solicitaron al Tribunal Supremo de Justicia su nulidad. La sentencia quedó entre los puntos pendientes para 2009, porque el máximo tribunal salió de vacaciones hasta el 7 de enero.

Aunque Pérez Vigil no precisó los efectos directos en la merma de la producción como consecuencia de estas normas, afirmó que sus disposiciones limitan aún más la actividad productiva lo que a largo plazo podría repercutir en disminución de empresas y puestos de trabajo.

Control alimenticio. Con la intención de garantizar la igualdad de la alimentación venezolana, la Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria establece mecanismos de regulación en los procesos de distribución, transporte, intercambio y comercialización, los cuales se coordinarán a través de la creación de un sistema de control y planificación centralizada.

En el artículo 3 se estipula de utilidad pública todo el sector de alimentos. 'Por motivos de `seguridad alimentaria' esta norma permite la adquisición forzosa sin previa compensación', recordó el presidente ejecutivo de Conindustria.

Otro punto destacado por Pérez Vigil, que limita al sector industrial, es que con la entrada en vigencia de esta ley la actividad privada queda sujeta a la supervisión de los consejos comunales, organizaciones que serán los encargados de determinar el nivel de consumo en su comunidad.

Consejos comunales mandan.

La Ley de Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios va en contra del artículo 115 de la Constitución (que estuvo incluido en la reforma rechazada el año pasado), y refuerza los alcances de la Ley de Seguridad Agroalimentaria, según Pérez Vigil.

También incluye la declaración de utilidad pública y expropiación sin compensación de todos los bienes necesarios para las actividades de producción, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización.

Con esta disposición los consejos comunales también ganan más competencias ligadas a la actividad industrial.

Tienen la potestad de efectuar fiscalizaciones en los procesos de abastecimiento. 'El Ejecutivo, con los que determine infractores por incumplir una disposición de la ley, podrá establecer cierre temporal de sus establecimientos y penas de cárcel de 6 meses a 10 años', agregó.

Las otras seis. Las otras normas aprobadas vía Habilitante consideradas por Conindustria como las más perjudiciales para el sector privado son las referidas a la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Producción Social; al Fomento y Desarrollo de la Economía Popular; a la Simplificación de Trámites Administrativos, de Bancos y otras Instituciones Financieras y las reformas parciales que se le hicieron a la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y a la Ley del Seguro Social.

Pérez Vigil indicó que la Economía Popular afectaba al empresariado porque creaba un modelo socioproductivo comunitario y el sistema alternativo de intercambio solidario (trueque).

La reforma a la de Seguridad Social establece que los descuentos del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat deben hacerse con base en el salario integral. El presidente ejecutivo de Conindustria dijo que esta disposición encarecía los costos de los empleados porque ahora deben hacer un aporte mayor por este concepto para cada trabajador.

De la ley de bancos se modificó el artículo 318. El cambio estipula que a solicitud de un ministro, el presidente de Fogade puede autorizar la transferencia de bienes a la República sin necesidad de oferta pública.


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Fecha publicada: 22/12/2008
Fuente: El Nacional
Tema: empresas
Tags: Aprobación de leyes de la Habilitante


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