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El ministro Chacón "aclaró" que la estatización en el sector telecomunicaciones se restringiría a la Cantv, incluyendo su filial de telefonía móvil, Movilnet.

Según el ministro, "la falta de cobertura en gran parte del país es producto de la posición del dominio del principal operador, que ha limitado con prácticas restrictivas la entrada de nuevos operadores". Estas declaraciones resultan delicadas, toda vez que el ministro está acusando a la Cantv de haber desplegado conductas restrictivas de la libre competencia. Sin embargo, no está en marcha un procedimiento administrativo que sea llevado adelante por el ente competente, Procompetencia, en el que se busque determinar que efectivamente están desplegándose las prácticas que anuncia el ministro o que exista reincidencia por alguna práctica sancionada anteriormente. Así las cosas, el argumento que está siendo aducido para la estatización de la compañía no ha sido verificado por el ente competente, y en caso que así fuere, no existe en la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia sanción alguna que implique la pérdida de propiedad de los accionistas sobre la empresa.

Siendo estos los fundamentos de la medida a ser tomada, se ha violado el derecho a la defensa y el debido proceso administrativo que debería validar la posición del ministro. La caracterización de monopolio natural del local loop, como red básica de transporte de las telecomunicaciones, en ningún caso justifica su estatización. Para ello existen dos opciones de política públicas posibles, las cuales no son excluyentes entre sí. Una es la regulación de estructura o económica sectorial; la otra la regulación de la competencia.

Tarifas
Es así como el Ejecutivo debería considerar lo siguiente: primero, por ser monopolio natural, el local loop justifica la existencia de un regulador sectorial que establezca las tarifas de acceso a este essential facility. Sin embargo, el tipo de propiedad, entiéndase propiedad privada, no constituye razón alguna para una estatización. La tarifa de acceso que pudiera determinar el regulador podría ser igualmente cobrada por una empresa privada o pública.

Segundo, el posicionamiento de mercado en renglones competitivos del negocio de las telecomunicaciones (de valor agregado), no es razón para regular y mucho menos constituye una situación sancionable. La posición de dominio no se encuentra sancionada por la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia. Sólo el abuso de la posición de dominio es sancionable y para ello se requiere un procedimiento administrativo previo, donde se respete el derecho a la defensa.

Tercero, existiendo sospechas sobre el eventual despliegue de conductas restrictivas a la libre competencia, lo apegado a la ley es que Procompetencia inicie una investigación de oficio y una eventual apertura del respectivo procedimiento administrativo. Esta sería la segunda forma de acción pública: la regulación de competencia.

Cierre vertical
Cuarto, no existen argumentos ni fundamentación robusta sobre la existencia de incentivos para un cierre vertical de mercado, vía precios de acceso al essential facility. En todo caso, tendría que evaluarse lo siguiente, por demás complicado en la práctica: el eventual cierre vertical de mercado vía manipulación en la calidad del acceso al local loop. Una vez que exista un espectro de mercado lo suficientemente amplio y una razonable diferenciación entre los operadores, aguas abajo, que utilizan como insumo el acceso al local loop, resultará muy difícil que existan incentivos para el despliegue de cierre de mercado, especialmente si esta acción requiere de parte del Incumbent, un esfuerzo adicional en desvirtuar la calidad del acceso.

Quinto, en el caso de que efectivamente se comprobara que existen incentivos y prácticas restrictivas para trasladar el poder de mercado poseído aguas arriba hacia aguas abajo, queda cuando menos una medida extrema: la Unbundling o desintegración vertical. Como en los puntos anteriores, no se requiere que los operadores pasen a manos del Estado.

Por lo tanto, las razones para la estatización no son tales, aunado al hecho de que el Estado cuenta con regulaciones exante y expost para garantizar el bienestar social.

Esta medida de estatización lesiona a los venezolanos, porque el servicio en manos privadas es autofinanciable y competitivo, mientras que en manos públicas pasará a ser otra oficina pública ineficiente y expuesta a corruptelas. REGRESAR


Fecha publicada: 05/03/2007
Fuente: El Universal
Tema: telecom
Tags: Nacionalización de la CANTV


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