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Los diputados de la comisión de Participación Ciudadana prepararon, entre las 8:00 pm del miércoles y las 5:00 am de la mañana de ayer, el anteproyecto de ley de régimen municipal a dos niveles del área metropolitana.
La idea era modificar la Ley especial Sobre el Régimen del Distrito Metropolitano.

Sin embargo, se acordó derogar ese instrumento jurídico ­aprobado en 2001­ y se redactó uno similar en formato, aunque muy diferente en contenido.

Aparte de la modificación de nombre, que es uno de los aspectos más llamativos, también se cambia el de Distrito Metropolitano por área metropolitana. Se elimina la figura del Consejo de Gobierno del Distrito Metropolitano de Caracas y se sustituye el Cabildo Metropolitano por la comisión legislativa metropolitana.

Sobre el último punto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16, será este órgano el encargado 'de ejercer la función legislativa en el área metropolitana; sesionará cada seis meses de manera ordinaria, y de manera extraordinaria cada vez que sean convocadas por el mecanismo que establezca su reglamento interno'.

El artículo siguiente especifica que la comisión estará constituida por concejales electos que 'ejerzan funciones de presidentes de cada concejo municipal; un concejal adicional designado por cada millón de habitantes que posean los municipios que lo integran'. La ley vigente no pone límites a las reuniones. La propuesta, sin embargo, deja claro en disposición transitoria que los concejales elegidos en 2008 terminarán su período.

En la legislación de 2001, que fue aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente, se instauró la figura del Consejo de Gobierno del Distrito Metropolitano, que sería 'el órgano superior de consulta y asesoría del alcalde metropolitano' y está formado por los alcaldes de Baruta, Chacao, El Hatillo, Sucre y Libertador. Sin embargo, en la nueva legislación ni siquiera se menciona.

El Consejo de Gobierno se ha reunido ocho veces, pero el alcalde de Libertador, Jorge Rodríguez no ha atendido convocatoria alguna.

En cuanto a las competencias, dejan al alcalde metropolitano ordenación urbanística, protección ambiental, servicios de transporte urbano intermunicipal; constitución de mancomunidades, administración tributaria, asistencia técnica y transferencia de competencias a las comunidades.

Sobre los ingresos, se especifica que provienen del patrimonio de la alcaldía: tasa por el uso de bienes y servicios, 10% de cada uno de los municipios por situado y 10% del ingreso propio, contribuciones especiales, donaciones, dividendos y lo obtenido por multas.

Estaba programado que el anteproyecto entrara en discusión en la plenaria ayer, pero los legisladores presentaron previamente la propuesta a la directiva de la Asamblea. Se cree que debe ser debatido en primera discusión la semana próxima.
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Fecha publicada: 22/05/2009
Fuente: El Nacional
Tema: gobierno
Tags: Descentralizacion en Venezuela


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