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El Colegio Venezolano de Agentes de la Propiedad Industrial considera que es apremiante que se legisle sobre el derecho de propiedad, porque un estudio a fondo de las patentes supone tomar en cuenta que la protección de esta institución está en el artículo 98 de la Constitución.

Exhortan a que el proyecto de ley de propiedad industrial se adecue a las normas del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio; marco multilateral de normas y disciplinas de protección de los derechos de propiedad intelectual, del cual Venezuela forma parte.

El órgano jurídico debe incluir una protección adecuada a la propiedad intelectual; normas y principios relativos a la existencia, alcance y ejercicio de propiedad intelectual y medios apropiados para respetarlos. Consideran que se tiene que reconocer que los derechos de propiedad intelectual son privados.

Propone que se adopten medidas para proteger la salud pública y la nutrición de la población. Promover el interés público en sectores de importancia para su desarrollo socioeconómico y tecnológico, así como para prevenir el abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares.

Covapi aclara que las excepciones a los derechos exclusivos de una patente no deben atentar contra su explotación normal, ni causar perjuicio a los legítimos intereses del titular de la patente, teniendo en cuenta los intereses legítimos de terceros.

Conceder las patentes de productos o procedimientos tecnológicos debe ser sin discriminaciones por su lugar de invención, el campo de la tecnología o porque sean nacionales o importados. No se debe dar protección a invenciones que atenten contra el orden público, moralidad, la salud o la vida de las personas, animales, vegetales y el medio ambiente, Recomiendan.

Aspiran a que se reconozca el derecho de los titulares de impedir que terceros, sin su consentimiento, fabriquen, usen, oferten para la venta o importación el producto patentado.

Sugieren que la protección sea por un período no menor de 20 años contados desde la fecha de presentación de la solicitud y que las patentes se otorguen en un tiempo razonable para evitar que la protección se acorte injustifi cadamente.

Además, pide para el caso de productos farmacéuticos y los químicos para la agricultura que no tengan la protección, establecer un medio por el cual puedan presentarse solicitudes para esas invenciones. REGRESAR


Fecha publicada: 27/06/2009
Fuente: El Nacional
Tema: leyes

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