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L a nueva Ley Orgánica de Educación que está en discusión en la Asamblea Nacional debe fundamentarse en los principios constitucionales que propugnan, entre otros valores preeminentes, los derechos humanos, la ética y el pluralismo político; y amparan la gestión privada en el ámbito educativo, garantizando por tanto el desarrollo de instituciones de educación superior gestionadas por particulares.

Desde luego, bajo el criterio, igualmente de rango constitucional, de considerar a la educación, en todos sus niveles, como un bien y un servicio público que debe ejercerse respetando todas las corrientes del pensamiento.

Bajo estas premisas la referida ley debe delinear las orientaciones para una reforma universitaria que promueva el papel estratégico que en el desarrollo sustentable del país deben desempeñar tanto las instituciones privadas y como las públicas.

Debe impulsar desde la educación, la ciencia y la cultura, hasta los valores de la democracia, la igualdad, la solidaridad, la conciencia cívica y la responsabilidad social.

También debe propiciarse un cambio curricular y la innovación en el modelo de enseñanza-aprendizaje para responder a las demandas de la educación y la sociedad del conocimiento.

Ello implica entender a la educación superior como un proceso permanente
ycontinuo y configurar ofertas académicas flexibles ytransdisciplinarias, concebidas en un contexto de pedagogía de valores, sin camisas de fuerza ideologizantes.

El desarrollo de principios éticos y la formación por competencias es clave para fomentar en el educando las habilidades para aprenderaaprender,ahacer,aemprender y a mantenerse actualizado en su desarrollo profesional.

La armonización de lo público y privado en la gestión de la educación superior debe ser también un tema a considerar en la reforma universitaria, especialmente tomando en cuenta la importancia queenlaofertadeeducaciónsuperior han venido ganando las universidades de gestión privada, lo que en cierta forma refleja la tendencia latinoamericana.

Para2006enla regiónestasuniversidades representaban 44,2% del total de la matrícula de educación superior universitaria.

Con una visión realista, frente a la creciente demanda de educación superior y las limitaciones del Estado para satisfacerla, deben superarse complejos ideológicos para no descartar cambios fundamentales.

Entre otras opciones, puede incorporarse un sistema de financiamiento mediante becas, créditos educativos y ayudas a estudiantes meritorios de escasos recursos.

También pueden brindarse coberturas adicionales para vivienda y manutención, dejando que los jóvenes seleccionen la institución de su preferencia, pública o privada, en función de los requerimientos de ingreso de las mismas.

Pero manteniendo apropiados mecanismos de evaluación y acreditación para evitar el mercantilismo y asegurar la calidad y pertinencia de la oferta académica y la eficiencia y transparencia de la gestión administrativa de las universidades que califiquen para participar en esta política de financiamiento.

Los ejemplos de Chile, Colombia, Japón, Corea, Indonesia y Canadá pueden servir de referencia para analizar la pertinencia de los cambios propuestos.

Respecto al desarrollo de universidades de gestión privada deben evaluarse las experiencias que han estado ocurriendo en países, como los que vivieron bajo la influencia de la extinta Unión Soviética.

En Polonia, más de 50% de las casas de estudio superior son privadas, muchas bajo la modalidad de 'universidades emprendedoras' que obligan a las públicas a competir en calidad.

En Rumania existen universidades privadas con una amplia oferta de carreras, algunas subsidiadas por el Estado. El caso más emblemático es el de China que tiene un sistema de acceso meritocrático y se están desarrollando instituciones privadas que compiten por la demanda, en función de la calidad de la oferta.

JOSÉ I. MORENO LEÓN

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Fecha publicada: 20/07/2009
Fuente: El Mundo
Tema: educacion
Tags: Educación Privada en Venezuela, Ley Organica de Educacion


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