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La organización Anauco calificó como 'inconstitucional' el cierre de 24 emisoras por orden de Conatel, a través de un comunicado remitido a los medios de comunicación.
'El derecho de acceso a la información oportuna, veraz, imparcial, sin censura, es de rango constitucional, está claramente plasmado en el articulo 58 de la Carta Magna, donde igualmente se declara a la comunicación como libre y plural. Esta disposición constitucional consagra uno de los más importantes derechos conquistados por los seres humanos a lo largo de muchas luchas, hoy por hoy reconocido y aplicado por la mayoría de los países de la comunidad internacional, acogido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por la Convención Interamericana de los Derechos Humanos (Pacto de San José) y por diversos tratados y convenios internacionales, todos los cuales han sido suscritos y reconocidos por la República Bolivariana de Venezuela; derecho estrechamente vinculado a la libertad y a la democracia', expresó.
La decisión tomada abruptamente por el ciudadano ministro del Poder Popular Para las Obras Publicas y Vivienda, según la cual, ha ordenado el cierre definitivo de 34 emisoras radiales a nivel nacional 'es parte de una secuencia de eventos que procuran controlar la libertad de expresión. Es suficiente con relacionar la medida con el anterior anuncio efectuado por el referido ministro, sobre la eventual redacción de una resolución que disolvería los circuitos radiales; o la propuesta de ley de penalización y control de la libertad de expresión consignada en la Asamblea Nacional por la ciudadana Fiscal General', afirmó.
La medida tomada y ejecutada en tiempo récord 'ha dejado un gran vacío en cuanto al respeto y preservación de los derechos de las personas, consagrados como fue citado en el artículo 58 de la Constitución Nacional. 34 emisoras señaladas a dedo, todas las cuales tienen en común, no seguir las líneas gubernamentales, o hacer crítica a los malos resultados de diversas gestiones del gobierno (la inseguridad, la salud, la economía, etc.), constituye evidencia de que estamos ante una decisión política y no ante un asunto de mero derecho', afirman.
Anauco destaca que la decisión gubernamental se fundamenta en una cantidad de 'excusas administrativas de forma' que no son suficientes para evadir el cumplimiento del artículo 58 constitucional '¿cómo se puede garantizar una comunicación libre y plural, si sólo irán quedando emisoras afectas a uno de los marcados extremos de la terrible polarización que vive el país, no habrá espacio para el pensamiento distinto y plural, para la información o para las noticias incómodas; tampoco habrá espacios para la información veraz, imparcial y sin censuras, sólo podrá expresarse el pensamiento de una parte de los venezolanos, lo que cada vez más, pareciera marcar diferencias y prerrogativas para determinados grupos, que están por encima del precepto de igualdad y no discriminación consagrado de la misma manera en el artículo 21 de la Carta Fundamental',
Se terminan preguntando ¿cómo puede hablarse de democratización del espacio radioeléctrico, si de un plumazo se ha decidido quien puede hablar y quien deberá callar?'.
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