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El modelo de negocios de la banca comercial venezolana ha sido influenciado por las operaciones con el Estado.

Un elemento tradicional lo constituyen los depósitos oficiales. Ellos son normales en el caso de las empresas del Estado, pero la práctica resulta discutible cuando se trata de los recursos presupuestarios, en particular los de las gobernaciones y alcaldías.

Además de mantener un conflicto entre rentabilidad y ejecución presupuestaria, los depósitos oficiales financian operaciones bancarias activas, en particular de corto plazo.

Esos depósitos alcanzan un monto apreciable, con una rotación previsible, que depende de las asignaciones periódicas del situado constitucional y de una ejecución presupuestaria ajustada a las fechas de pagos de salarios y cancelaciones vinculadas a proyectos y obras públicas.

Además, los bancos adquirían valores del Estado por montos que no comprometían la intermediación, pues los recursos utilizados eran parte del encaje legal excedente.

Estos valores podían ser vendidos en el mercado secundario con el apoyo del Banco Central.

Mas recientemente, la escasa profundidad del mercado secundario frente al significativo aumento de la deuda interna, habían cambiado la textura de estas inversiones y comprometido los niveles de intermediación, pues los bancos debían elegir entre conceder crédito o adquirir papeles del sector público.

De esta forma, el Estado pasó a ser un competidor privilegiado e importante por los fondos públicos disponibles en la banca y que curiosamente provenían de los depósitos del público y de los propios entes oficiales.

Tradicionalmente los bancos eran extremadamente conservadores en el uso de las operaciones de descuento, redescuento, anticipo y reporto, pues temían que el público lo interpretara como un síntoma de debilidad financiera.

Adicionalmente pesaba el hecho de que el Banco Central conocería detalles de la composición de las carteras de créditos e inversiones que los bancos prefieren manejar con relativa discreción.

Con la reciente reforma a la Ley del BCV, los equilibrios que determinaban el modelo de negocios de la banca, y su relativa independencia frente al Estado, serán sustituidos progresiva y rápidamente, y el volumen de operaciones activas y pasivas del sistema bancario será claramente dependiente del Gobierno Nacional.

Más allá de la discutible asignación de responsabilidades al BCV en el financiamiento del desarrollo, los bancos se verán fuertemente condicionados por la ampliación casi obligatoria de las operaciones de descuento, redescuento, anticipo y reporto.

Las condiciones financieras y de plazo de estas operaciones estarán vinculadas a las necesidades de los proyectos y sectores establecidos por el Gobierno Nacional. Hasta el presente, esas condiciones estaban determinadas por las necesidades de la política monetaria y los apremios de liquidez de los bancos.

Por el lado del activo, sumado al compromiso de la fijación de gavetas obligatorias, pronto veremos un crecimiento de las colocaciones en títulos de deuda estatal.

Como estos papeles podrán ser utilizados en condiciones rentables por la banca en todas sus operaciones con el BCV, los bancos podrán incrementar simultáneamente dichas inversiones y el otorgamiento de créditos en sectores, proyectos y empresas seleccionadas por el Ejecutivo, y de alguna manera dependientes de éste, frente a una disminución, estabilización o crecimiento discreto de los préstamos concedidos a otros sectores, tales como el comercio y los servicios.

Por el lado del pasivo, el sistema mostrará progresivamente un aumento de las obligaciones con el BCV y una disminución de la proporción de los depósitos del público.


ECONOMISTA, PRESIDENTA DE LA FIRMA CONSULTORA METROECONÓMICA REGRESAR


Fecha publicada: 19/11/2009
Fuente: El Mundo
Tema: economia
Tags: Banca en Venezuela


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