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| A partir de los períodos de tributación que se inicien hoy 30/11/09, todos los contribuyentes del IVA entrarán en obligación de hacer sus declaraciones de dicho impuesto en línea (Internet).- Igual obligación tendrán quienes realicen declaraciones sustitutivas a partir de esa fecha. Así lo estableció la providencia No. 0104 del Seniat, publicada en la gaceta oficial No.39296 de fecha 30/10/09. La mecánica es simple: Una vez inscrito en el portal del SENIAT www.seniat.gob.ve , (proceso sencillo y rápido, siempre que no se caiga ni bloquee la conexión web con el ente tributario), el declarante se dirigirá al título del menú que aparece en su página particular designado 'Procesos Tributarios-Declaración IVA', en el cual rellenará su planilla para el período seleccionado. Después de esto tendrá dos opciones para pagarla, cuando proceda: a) puede cancelarla electrónicamente, a través de la opción al efecto, que se encuentra en el mismo site denotado, para lo cual deben seguirse las instrucciones al efecto; o b) puede imprimir la declaración y hacer la cancelación a través de un banco de su escogencia u otra oficina receptora de fondos nacionales. Todo el procedimiento tiene que cumplirse dentro del plazo que estaba anteriormente establecido: quince días calendario máximo, después de cerrado el período a declarar. En principio, a partir del 30 diciembre venidero, todo el mundo deberá comenzar a transitar a través de este nuevo camino obligante, cada quien el día que venza su lapso de tributo. ✍ GRUPOSOLUCIONES Juan Socías REGRESAR |
| Fecha publicada: 30/11/2009 Fuente: Reporte Tema: gobierno
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