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La reforma de la Ley contra los Ilícitos Cambiarios no será prioridad en el primer período de sesiones. El diputado Simón Escalona, vicepresidente de la Comisión de Finanzas, asegura que las medidas están contempladas en la norma vigente, y que no es necesario reformarla. 'Estamos evaluándola con la finalidad de que podamos agregar algunos artículos para fortalecer la fiscalización del control de cambio, pero no para incluir las medidas, pues estas ya están dentro del marco de la ley. Creo que esa reforma no va a entrar en este primer período legislativo', dijo Escalona. El asambleísta recuerda que el artículo 3 de la ley dice que esta será aplicable a las personas naturales y jurídicas que vayan contra lo dispuesto en dicho articulado y los tratados suscritos entre el Ejecutivo y el BCV, así como en cualquier otra norma aplicable a la materia. A su juicio, el Convenio Cambiario Nº 14 sustituye el acuerdo vigente, y las reglas pasan a ser las establecidas en este último, el cual fue acordado por el Ejecutivo nacional, representado por el Ministerio de Finanzas, y el máximo ente emisor. En este nuevo convenio se establecen tres bandas para la materia cambiaria en el país. Una de Bs.F. 2,60 para bienes de primera necesidad en los rubros salud y alimentos, otra a Bs.F. 4,30 para importaciones no prioritarias, pero importantes para el país, y una tercera banda que será definida por el BCV en subastas públicas de títulos valor con corto plazo de vencimiento, los cuales buscan satisfacer la necesidad de quienes quedan fuera de las dos primeras franjas controladas, con el fin de bajar el dolar paralelo. Esta intervención del BCV a través de subastas de títulos denominados en dólares, cuya primera oferta se dio el pasado miércoles por 50 millones de dólares, es una violación a la norma para algunos diputados. 'La ley no es clara en ese aspecto, eso debe modificarse', afirmó otro diputado que pidió quedar en anonimato. Sin embargo, Escalona señala que esto fue establecido en el nuevo convenio cambiario y es parte del acuerdo entre el Ejecutivo y el ente emisor. Artículos destinados a las regulaciones En la comisión evalúan la posibilidad de incluir algunos artículos destinados a las regulaciones, sobre todo para fortalecer la función fiscalizadora que tiene la Dirección de Investigaciones del Ministerio de Finanzas, que es donde se construyen los expedientes de los delitos cambiarios. 'La idea es reforzar las competencias de esta dependencia para mejorar la fiscalización sobre el control de cambio', dijo el parlamentario. Las fórmulas para lograr este cometido no están definidas. La comisión aún evalúa cuáles serán esos artículos complementarios que incluirá en la ley. El diputado agregó que una norma que se mantiene y da vigencia a la ley actual es la prohibición de ofrecer, enajenar, transferir, recibir, exportar o importar divisas entre 10.001 dólares y 20.000 dólares o su equivalente en otra divisa. Esto será sancionado con una multa equivalente en bolívares por el doble del excedente de la operación. REGRESAR


Fecha publicada: 20/01/2010
Fuente: Reporte
Tema: economia
Tags: El Dólar y Cadivi


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