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La reforma parcial de la Ley para el Acceso de las Personas a los Bienes y Servicios entró en vigencia luego de su publicación en la Gaceta Oficial 39358 del lunes. La norma amplía la potestad del Gobierno de expropiar no sólo unidades y medios de producción de alimentos, sino toda clase de negocios, comercios o establecimientos que vendan productos de consumo masivo. Se indica que podrá ocupar empresas y comercios.
La ley establece penas y sancione severas para quienes especulen, remarquen precios, acaparen y restrinjan la oferta de bienes a la población. Se sanciona el contrabando de extracción y se estipula prisión de entre dos y seis años para los que especulen y acaparen productos. Cárcel de seis a diez años para los que boicoteen la producción, distribución y comercialización de bienes y hasta diez años para quienes alteren las condiciones de oferta y demanda de productos.
El Ministerio Público informó el lunes que fueron condenados a tres años de prisión los comerciantes Davide Prati Guido y Luca Caruzzo, propietarios del supermercado La Franco Italiana, que está ubicado en Punto Fijo, estado Falcón, por la comisión de los delitos de acaparamiento y alteración fraudulenta de precios, luego de encontrárseles almacenados gran cantidad de leche en polvo y otros productos de la cesta básica sometidos al control de precios. REGRESAR |
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