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Cómo el alto Ejecutivo nacional y las instancias públicas han desencadenado y manejado los casos de expropiación inmobiliaria constituye una pésima señal de lo que está ocurriendo en Venezuela y del desapego de los altos funcionarios públicos a sus responsabilidades con la legalidad, el Estado y la ciudadanía. Las actuaciones directas por parte del jefe del Ejecutivo a través de las expropiaciones, existiendo los entes administrativos y jurisprudenciales competentes de administrar las leyes que tipifican como abusos e ilícitos económicos a un universo de conductas a través de un debido procedimiento administrativo y/o judicial -los cuales no contemplan, ni deben contemplar sanciones que impliquen una expropiación y/o aniquilación del oferente y su oferta- constituyen una desproporción del Ejecutivo, quien se pone de espalda a la legalidad nacional y contraría las buenas prácticas regulatorias y las políticas públicas. Un mal Más allá de que Venezuela cuente con las suficientes instancias administrativas para preocuparse y ocuparse de eventuales lesiones a los consumidores, con facultades sancionatorias y la posibilidad de imponer órdenes, por ejemplo el cese de las prácticas, entre otras, para revertir o reconstituir el bienestar de los consumidores, la decisión fue 'exprópiese primero, averígüese después'. Destaca dramáticamente que en el ordenamiento legal venezolano, las sanciones ante conductas económicas prohibidas o ilegales, existe el principio de proporcionalidad de la sanción, con lo que la expropiación no cabe como sanción justa y legal. Más allá, eliminar los oferentes no constituye bajo ningún pretexto una solución, sino un mal para el mercado ya que destruye oferta, alternativas, variedad y actividad económica, complicando la necesidad de reducir el déficit habitacional. En el Aló Presidente del domingo 14 de noviembre de 2010, se mostró una representación sobre cómo, supuestamente, evolucionaba el ajuste de los precios de los inmuebles por parte de las constructoras y cómo evolucionaba el precio de mercado -secundario- de los inmuebles. Tal representación la definían como el 'Estafagrama', en la cual se observaban dos curvas, ambas con tendencias o pendientes positivas y una de ellas con mayor inclinación. La curva de menor pendiente estaría representando el valor del inmueble durante la compra primaria -a través de un sistema de compra programada o a plazo, sin financiamiento externo, sino propio-, mientras que la curva de mayor pendiente representaría el valor en el mercado secundario del inmueble en cuestión. Desde el período de inicio a partir del cual se proyectan ambas curvas, se va generando un spread o diferencia entre ambas curvas, producto de que la pendiente de la curva de los precios de mercado es superior a la de los precios primarios. Lo anterior significa que la actividad de comprar un inmueble no constituye un juego de suma cero, sino de suma positiva. Así las cosas, la diferencia creciente entre el precio de mercado y el precio primario va ampliándose a favor de la propiedad que va adquiriendo el comprador, beneficiándose de una revaloración de su propiedad e inmueble que ninguna institución financiera pagaría, según la revalorización presentada a través del 'Estafagrama'. A confesión de partes... Luego, en la medida que la inflación, responsabilidad del gobierno, sea elevada, exigirá de los financistas y aportantes mayores ingestas en los pagos para financiar la construcción y el pago de insumos y costos crecientes, de lo contrario no existiría los fondos suficientes y necesarios para continuar y/o finalizar la construcción o la obra. Estos mecanismos han permitido que quienes no posean dinero de contado puedan tener su vivienda. Siendo mutuamente beneficioso, para oferta y la demanda, el alto Ejecutivo nacional ha actuado en contra del país. Mayor vergüenza que ha pasado el Ejecutivo nacional develando esta información, a través del mediático y saleroso 'Estafagrama', que evidencia nada más y nada menos, que por un lado este esquema permite que personas que no tendrían el dinero de contado para comprar un inmueble pudieran hacerlo y segundo que la compra de un activo como un inmueble no constituye un juego de suma cero, sino por el contrario una suma positiva, entre otros manifiesto en el spread entre el precio en el mercado segundario y el precio en el mercado primero que constituye justamente pura ganancia de valor nominal para el comprador y descontada la inflación, en términos reales. A confesión de partes... REGRESAR


Fecha publicada: 20/11/2010
Fuente: Reporte
Tema: gobierno
Tags: Nacionalización de Empresas


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