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Ante las informaciones que han circulado sobre una posible toma de control por parte del Gobierno venezolano, GLOBOVISIÓN informa lo siguiente:

1. Todas las acciones de CORPOMEDIOS (propietaria de “GLOBOVISIÓN”) siguen siendo al día de hoy propiedad de sus dueños originales, incluido el paquete accionario de la empresa SINDICATO AVILA. La propiedad de dichas acciones no ha sido transferida a persona o ente alguno.

2. Si FOGADE decide llevar a cabo el ilegal proceso de liquidación de las acciones de CORPOMEDIOS propiedad de SINDICATO AVILA, necesariamente debe proceder a vender las mismas, ofreciéndoselas en primer término a los propios accionistas de CORPOMEDIOS; en cumplimiento de la Ley y los estatutos de CORPOMEDIOS.

3. Si de forma ilegal y abusiva el Gobierno venezolano toma para sí las acciones de SINDICATO AVILA en “CORPOMEDIOS”, las mismas no le permitirán dirigir o controlar la empresa, ni afectar su línea editorial.


EL UNICO OBJETIVO ES APODERARSE DE GLOBOVISION

La concesionaria de la televisora “GLOBOVISION” es la empresa “Corpomedios GV Inversiones, C.A.”. Dicha empresa tiene tres (3) accionistas, todas personas jurídicas: UNITEL, DNS y SINDICATO ÁVILA. Esta última, cuyo único accionista es Nelson Mezerhane, posee 20% de las acciones de CORPOMEDIOS.

Hasta el día de hoy el paquete accionario propiedad de SINDICATO ÁVILA en CORPOMEDIOS está intacto, no habiendo sufrido ningún traspaso o modificación, tal como se refleja de los libros de la empresa, del propio Registro Mercantil e incluso de las declaraciones ofrecidas ayer por el Superintendente de Bancos quien afirmó que “la información que tenemos precisada es que SINDICATO AVILA tiene el 20% de las acciones de GLOBOVISION”.

Así, aunque actualmente las mismas se encuentran bajo administración de FOGADE, las acciones de SINDICATO AVILA en CORPOMEDIOS siguen siendo propiedad única y exclusiva de aquella. Es de resaltar que el expediente de CORPOMEDIOS en el Registro Mercantil de forma sorpresiva e inexplicable fue remitido al SAREM, y se han negado arbitrariamente a las copias del mismo.

En Gaceta Oficial del 3 de diciembre de 2010 apareció publicada la Resolución de SUDEBAN acordando la liquidación de SINDICATO AVILA, la cual había sido intervenida el 6 de julio por estar presuntamente relacionada al Banco Federal. En dicha resolución se determinó además que FOGADE ejercerá las funciones de liquidación de dicha empresa.

Contrario a lo determinado por SUDEBAN, SINDICATO AVILA NO está relacionado al Banco Federal. Se trata de una pequeña empresa cuyo activo fundamental es el paquete de acciones que posee en CORPOMEDIOS; ella no ejerce ninguna actividad financiera ni similar, no presentaba acreencias o deudas con el Banco Federal y no estaba asociada en ningún negocio o actividad que ejerciera el banco. Por ello, su intervención y posterior liquidación son absolutamente ilegales, arbitrarias y abusivas, y así se ha solicitado lo determinen los tribunales.

Como es un hecho notorio, la intervención de SINDICATO ÁVILA respondió a motivos completamente ajenos a la supuesta intención de pagar los pasivos presuntamente generados por el Banco Federal a sus depositantes y acreedores. La única intención del Gobierno Nacional es hacerse del control de GLOBOVISIÓN, tal como se desprende de las propias palabras del Presidente de la República, quien ha reiteradamente vinculado la intervención del Banco Federal con toma de control por parte de su Gobierno en GLOBOVISIÓN.

En cualquier caso, si se procede con la ilegal decisión de liquidar a SINDICATO ÁVILA, el paquete accionario que posee dicha empresa en CORPOMEDIOS debe ser vendido por FOGADE. En efecto, si la justificación para intervenir a SINDICATO ÁVILA y demás empresas presuntamente relacionadas al Banco Federal ha sido la de hacerse de recursos para poder cancelar las deudas del banco frente a terceros o frente a la propia República (quien presuntamente tuvo que poner dichos recursos), resulta obligatorio entonces que los activos de los entes intervenidos sean liquidados, es decir, vendidos, para procurarse dinero.

Ello además se desprende del Artículo 345 de la Ley General de Bancos, el cual establece que en el caso de la liquidación de las personas jurídicas vinculadas (tal como fue calificada SINDICATO ÁVILA), los recursos que se obtengan de la liquidación se utilizarán para pagar sus obligaciones.

De manera que una vez que SINDICATO AVILA fue calificada como empresa relacionada al Banco Federal, y que se acordó su liquidación, la UNICA posibilidad que tiene FOGADE como ente liquidador es la de vender los activos de la empresa, incluidas las acciones que tiene en CORPOMEDIOS. Así, cualquier adjudicación gratuita a persona o ente alguno de las acciones por parte de FOGADE, no sólo evidenciaría la falsedad del argumento dado por el Gobierno y la manipulación para hacerse de las acciones de GLOBOVISIÓN, sino que además contravendría manifiestamente la propia Ley de Bancos.

De manera que FOGADE, si procede con el ilegal procedimiento de la liquidación, se encuentra obligado a vender las acciones de SINDICATO ÁVILA y, en dicho caso, debe necesariamente darle preferencia para adquirir las acciones a los demás accionistas de CORPOMEDIOS, antes de a cualquier otra persona o ente.

En efecto, los estatutos sociales de CORPOMEDIOS consagran el derecho de preferencia de los accionistas para adquirir las acciones que cualquier otro accionista decida transferir, en los siguientes términos:

Artículo 8. (…) Los accionistas se confieren un derecho recíproco de opción de compra de las acciones que por cualquier motivo una de las partes desee vender, transferir… o disponer en cualquier forma, parcial o totalmente, temporal o definitivamente. A estos fines, el accionista que desee vender, traspasar, ceder … o deshacerse de las acciones que posea, notificará por escrito a los otros accionistas … Los otros accionistas tendrán derecho de adquirir esas acciones al valor libros o al valor del negocio establecido por un perito (...).

Por ello, FOGADE no tiene otra opción sino ofrecer en venta las acciones de SINDICATO ÁVILA a los demás accionistas de CORPOMEDIOS, a los efectos de respetar el derecho de preferencia que establecen los estatutos. Antes que los accionistas, sólo estarían los propios trabajadores de GLOBOVISIÓN, nadie más.

En cualquier caso, si se continúa con este proceso, en el cual se ha violado la Constitución, la propia normativa bancaria, y además los estatutos de CORPOMEDIOS y finalmente las acciones son traspasadas al Estado o a un tercero controlado por el Estado, dichas acciones NO le darán al Gobierno la capacidad de controlar a GLOBOVISIÓN.

En efecto, de conformidad con los estatutos sociales de CORPOMEDIOS (artículos 15 y 18), los accionistas de forma individual NO tienen derecho a designar miembros de la Junta Directiva. Los miembros de la Junta Directiva son designados por la Asamblea de Accionistas, con el voto de más del sesenta y cinco por ciento (65%) del capital social. Más aún, TODAS las decisiones a nivel de Asamblea de Accionistas, son tomadas con el voto favorable del sesenta y cinco por ciento (65%) del capital social. Por ello, con el veinte por ciento (20%) de las acciones que pertenecen a SINDICATO ÁVILA, el Gobierno NO podrá designar representantes en la Junta Directiva, afectar la línea editorial del canal ni incidir en ningún asunto fundamental del mismo.

En conclusión: a pesar de las maniobras, la ilegalidad y la manipulación seguimos aquí, junto a Ustedes y por Ustedes. Aquí está GLOBOVISION, hoy más que nunca, para informar y atender a los venezolanos ante la emergencia que viven muchos de nuestros compatriotas. Y seguiremos también aquí cuando cesen las lluvias y en Venezuela vuelva a salir el sol.

LA LINEA EDITORIAL DE GLOBOVISION NI SE EXPROPIA NI SE INTERVIENE. REGRESAR


Fecha publicada: 10/12/2010
Fuente: Globovision
Tema: medios
Tags: Globovision, Ley resorte llega a Internet


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