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Ana María Vallejo, de 34 años de edad, con un diagnóstico de obesidad mórbida (141 kilos de peso, 1,74 metros de altura y un índice de masa corporal de 46,57), intratable médicamente y acompañada de otras enfermedades como el síndrome metabólico, hipertensión, diabetes, entre otras, solicitó a su empresa de seguros asumir los costos de la cirugía Gástrica Restrictiva y Derivativa (Bypass Gástrico), única alternativa que tiene para mejorar su salud, y le fue negada.

Como ella, miles de personas con esa condición en el país están siendo rechazados por las empresas aseguradoras, alegando cláusulas de contrato o argumentando que las cirugías de bypass gástrico están consideradas como operaciones estéticas, sin tomar en cuenta que la Organización Mundial de la Salud declaró que la obesidad es una enfermedad y pasando por encima de la Ley de la Actividad Aseguradora, promulgada en mayo de 2010 y publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.990.

Según la OMS, 'la obesidad se ha convertido en una de las mayores amenazas para la salud pública en los últimos 30 años, tanto por su creciente incidencia y prevalencia en los países desarrollados o en vías de desarrollo así como también por su capacidad para inducir patologías crónicas en casi todos los sistemas de la economía humana, por esto hemos considerado a la obesidad como la epidemia del siglo XXI, asumiendo como concepto que la obesidad es una acumulación anormal o excesiva de tejido adiposo, a un nivel que deteriora la salud'.

Tirso Silva, exdiputado de la Asamblea Nacional y promotor de la Ley de la Actividad Aseguradora, advierte que las empresas de seguro, están 'obligadas a asumir las cirugías y ninguna cláusula de contrato puede estar por encima de la Ley'.

'El artículo 40 habla de las prohibiciones, específicamente los numerales 23 y 24 donde señalan de manera taxativa y literal la prohibición que tienen las aseguradoras de no aceptar la cobertura de los pacientes con enfermedades preexistentes o adquiridas y la obesidad mórbida esta dentro del rango', precisó.

Procedimiento costoso
A juicio del exdiputado, la negativa de las empresas de darle entrada a este tipo de cirugías radica en el alto costo del procedimiento. 'Si analizamos la situación es más económico para las aseguradoras asumir el procedimiento quirúrgico que el tratamiento médico de larga duración (dietas) porque los costos que generan las enfermedades que conllevan a la obesidad son aún más altos.

'Una persona en esa condición es un paciente que el seguro tiene que asumir no sólo su obesidad sino enfermedades como la hipertensión, diabetes, trastornos articulares, caídas o accidente pueden causar gastos de traumatologías, medicinas que con el tiempo le sale mucho mas costoso que una intervención quirúrgica', destacó.

Explicó que la resistencia de las aseguradoras, obligó al Gobierno a crear una Sala Situacional conformada por la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia Nacional de Seguros y el Indepabis para procesar las denuncias.

'Allí se recogen las permanentes violaciones a la ley y a los derechos humanos que están sufriendo los pacientes con obesidad mórbida y que tienen como única alternativa para mejorar su salud y, en muchos casos, salvar sus vidas el bypass gástrico'.

Asimismo, indicó Silva que a la Sala Situacional han llegado denuncias de que las aseguradoras evitan incluir a personas con sobrepeso de manera particular. 'Eso es violatorio porque la Ley de la Actividad aseguradora en el artículo 129 numeral 2, referido a los derechos de los usuarios de los seguros, establece acceder al sistema asegurador sin ningún tipo de discriminación, por lo que no podrán ser dejados por fuera del mismo esgrimiendo la obesidad como razón'.

Obligados por la Ley Silva recomienda a los pacientes que han sido rechazados por los seguros, denunciar ante las autoridades porque es un derecho adquirido y las empresas están en el deber de cumplir. 'El paciente debe llevar la negacion del seguro a la sede del Indepabis en el Rosal, poner la denuncia de su caso y esperar que le sean asignado un fiscal, quien hará la petición de un acto conciliatorio, de ser negado a tribunales para aplicar la sanción correspondiente'.

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Fecha publicada: 14/01/2011
Fuente: El Universal
Tema: salud

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