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Las cuentas en monedas extranjeras abiertas en los bancos nacionales podran movilizarse con tarjetas de débito para retiros y consumos en el exterior, según indican las normas publicadas por el BCV. La resolución fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.002 y establece las normas que regiran a estas cuentas cuya creación esta basada en el Convenio Cambiario Nº 20. Las normas indican que la cuenta en dólares podra movilizarse 'mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas de débito en el exterior', ademas de transferencias a otras cuentas en el exterior.Las chequeras y traspaso de dólares a otras cuentas abiertas en bancos venezolanos, no estara permitida. Ademas, señala los bancos universales deben exigir los mismos requisitos de una cuenta en bolívares para abrir las cuentas en dólares. Quienes deseen realizar retiros de estas cuentas en el país deberan hacerlo en bolívares al tipo de cambio oficial, que actualmente es de 4,30 bolívares por dólares... REGRESAR |
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