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A partir de este lunes 17 de septiembre entra en vigencia la resolución del Banco Central de Venezuela (BCV) que permitira a las personas naturales y jurídicas abrir cuentas en dólares en los bancos venezolanos El pasado 7 de septiembre, el BCV publicó en la Gaceta Oficial número 40.002 las normas que rigen a este tipo de cuentas, las cuales no requiere un monto mínimo para su apertura.Para abrirlas, se necesitan los mismos requisitos para abrir una cuenta en moneda nacional. Es decir, se requiere una copia de cédula, un recibo de servicio y una referencia personal.Para hacer depósitos en estas cuentas, es necesario obtener divisas vía Sitme por una emisión de bonos de la República. Hasta ahora no se ha precisado si se pueden hacer depósitos con dólares en efectivo.Las cuentas en divisas se podra movilizar en el exterior a través de una tarjeta de crédito o de débito. Si uno quiere realizar retiros de sus cuentas en dólares en el exterior se le cobrara una comisión del 1,5% del monto retirado.Conozca mas de las características de las cuentas en dólares aquí... REGRESAR |
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