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La Sala Décima de la Corte de Apelaciones de Caracas declaró inadmisible el recurso de amparo formalizado por los abogados Thelma Fernandez y José Amalio Graterol, contra la negativa de ordenar el traslado de su defendida, la jueza suspendida María Lourdes Afiuni, a ejercer su derecho al sufragio el próximo domingo.
El fallo de la Sala, cuyo ponente lo fue el magistrado Gerardo Camero, reconoce expresamente el daño derivado de la violación de la Constitución de la República, pero rechaza el amparo señalando que la vía a ejercer contra la negativa es la de la apelación y no la del amparo.Los abogados Fernandez y Graterol manifestaron al periodista que es lamentable que luego de reconocer la violación de un derecho constitucional, para asegurar cuya vigencia existe en forma expresa el amparo, la Sala haya recurrido a ese argumento, sacrificando la administración de justicia por una formalidad no esencial, aparte de que en este caso concreto no procede la apelación, pues la decisión impugnada no es un acto propio del proceso, sino la violación de un derecho constitucional... REGRESAR |
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