|
|
|
El proyecto de reforma constitucional propuesto por el presidente de la República contempla cambios al artículo 115, el cual en el texto de 1999 garantizaba el derecho a la propiedad así como el uso, goce disfrute y disposición de los bienes que posee cualquier persona.
Si bien la modificación planteada contempla el reconocimiento y garantía a la propiedad, amplía el concepto y define distintos tipos como la pública, social (directa e indirecta), colectiva, mixta y privada, ésta última definida como la que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo.
Abogados consultados sobre la materia, explicaron que éste es un tema muy trillado en el derecho constitucional comparado. De hecho, informes sobre países que aplicaron esas formas de propiedad determinaron que se trataba de una manera de ocultar que todo pasa a ser propiedad del Estado.
"Eso que se llama pueblo, colectivo, grupos sociales, comunas, etcétera, no tienen entidad jurídica. Entonces, el titular del derecho pasa a ser el Estado. Sólo basta revisar las constituciones de Cuba y Vietnam.
Sólo se trata de una ficción política y de retórica porque al final, la propiedad legal es del Estado; mejor aún los verdaderos beneficiados son los administradores, quienes toman las decisiones, porque al fin y al cabo el Estado es una ficción legal, y de allí han salido grandes fortunas".
Para ilustrar, colocan como ejemplo el caso de las empresas mixtas que se han constituido en los últimos años, las cuales son consideradas del Estado al tener éste la participación mayoritaria, tal como contempla el artículo 101 de la Ley Orgánica de Administración Central.
Van más allá al señalar que el uso y consumo refiere a poseer algo, mas no a tener la propiedad sobre él.
"La caracterización de un bien, mueble o inmueble, para que tenga titularización de propiedad es que se puedan ejercer todos los atributos como uso, disfrute y y disposición, lo que pasa por vender, arrendar, prestar, donar, dejar de usar y, muy importante, que los hijos puedan heredar. Los hijos y los nietos de quienes poseían el bien jamás podrán heredarlo".
El proyecto establece la posibilidad de expropiar por causa de utilidad pública o de interés general al igual que la Constitución de 1999.
Sin embargo, contempla la ocupación previa del bien objeto de expropiación durante el proceso judicial.
Se trata -según abogados consultadosde la legalización de las invasiones que para el Código Penal constituyen un delito.
"Esto crea una situación de hecho que luego se legaliza con el proceso de expropiación. Es una forma de confiscación muy clara".
CUESTIÓN DE CREDIBILIDAD
"La eliminación de la autonomía del Banco Central, el manejo de las reservas internacionales a discreción del Presidente de la República y la adopción de políticas monetarias cuyas iniciativas no surgen precisamente del instituto emisor, son realidades que los venezolanos hemos vivido desde la petición del famoso `millardito’ por parte de Chávez".
Esta afirmación del economista Ronald Balza Guanipa, resume en buena medida la percepción de la mayoría de los expertos en esta materia, en torno a las propuestas presentadas por el Primer Mandatario para la reforma constitucional, en el ámbito de las políticas monetarias del país y la función del Banco Central de Venezuela (BCV).
"Ahora, las estrategias del Gobierno estarán legalizadas a través de la modificación a la Carta Magna. Ya lo habían logrado de cierta manera con la reforma a la Ley del BCV, que permitió el traspaso de parte de las reservas internacionales para crear el Fonden, pero reafirmarán sus intenciones consagrándolas en la Constitución".
Balza Guanipa dice que el manejo del respaldo monetario del país por parte del Presidente, "tampoco debería caernos por sorpresa, porque ya lo venían haciendo, incluso, violando las disposiciones del texto legal del Banco".
Ahora bien, asegura el especialista que la credibilidad en la institución quedará en "entredicho" tal y como ha sucedido, a juicio del experto, con otros organismos como el Instituto Nacional de Estadística (INE). "Cuando los entes que necesariamente deben ser autónomos pierden esa independencia, una de las consecuencias casi inmediatas es la reducción o pérdida de la credibilidad en ellos.
Tendremos que evaluar entonces, las cifras que mensualmente emita el Banco Central en términos de inflación, crecimiento económico e incluso sus propios balances, una vez que sean aprobadas las modificaciones a la Constitución".
Ronald Balza Guanipa enfatiza que será necesario esperar las reacciones de las autoridades del ente emisor para ver cuán autónomo está siendo en estos momentos el BCV.
"Ya el presidente Chávez adelantó que `seguramente Gastón Parra estará de acuerdo con la medida’. Si es así, pues será una reafirmación de que el instituto perdió su autonomía hace rato". REGRESAR |
*** noticias no disponibles *** |
|