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Desde el pasado 14 de este mes quedó prohibida la venta de bebidas alcohólicas en abastos, en bodegas, en centros de comunicaciones y en estaciones de servicio del municipio Libertador, por disposición de la recién aprobada ordenanza que regula la autorización para el expendio de estas sustancias.

El superintendente municipal tributario de Caracas, Gustavo Merino, explicó que la normativa también establece que los expendios de licores, cualquiera sea su tipo, no podrán instalarse a menos de 200 metros de centros educativos y de salud, sedes militares y zonas de seguridad de la ciudad.

Igualmente aseguró que serán sancionados con multas de 10 unidades tributarias y cierre del establecimiento los expendedores de licores que permitan el consumo en las adyacencias de su local.

La nueva legislación penaliza también con multas de hasta 100 unidades tributarias y cierre definitivo del local a quien incumpla con el horario para el expendio de licores al detal.

Además, señaló que los restaurantes deberán cesar la venta de alcohol a la 1:00 de la madrugada, mientras que los clubes nocturnos (discotecas, cabarets y afines) podrán vender entre 8:00 de la noche y 3:00 de la mañana. Con esta disposición queda eliminada la figura del permiso de extensión de horario para el expendio de licores que antes se otorgaba por vía de providencia contra el pago de una tasa.

Esta nueva ordenanza atribuye una participación directa a los consejos comunales para que, en coordinación con la Sumat, contribuyan con el cumplimiento de cada uno de los artículos de este nuevo instrumento legal. REGRESAR


Fecha publicada: 21/09/2007
Fuente: El Universal
Tema: compra

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