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La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, con la competencia que le confirió la Lopna, dictó la normativa en materia de seguridad y amparo en cibercafés, salas de Internet, videojuegos y otros multimedia. Según las normas, las salas deben instalar y activar filtros de contenido en el servidor de acceso a las páginas web o en cada una de las computadoras que se encuentren a disposición de niños, niñas y adolescentes.
Los filtros deben colocarse sobre portales de Internet para impedir que menores de edad accedan a contenidos que promuevan e inciten a la violencia, la xenofobia, el racismo, la pornografía, etc.
Las salas deben fijar un cartel público para advertir sus obligaciones, y evitar la tabiquería para facilitar la supervisión del personal. Los sitios para adultos deben estar señalizados. Tienen 90 días continuos para adecuarse a las normas REGRESAR |
| Fecha publicada: 18/10/2007 Fuente: El Nacional Tema: internet
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