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La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban) publicó, en Gaceta Oficial, una resolución en la cual ordena a los entes bancarios realizar los ajustes al sistema de tarjetas de crédito. Así lo informó a ABN el presidente de la Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco), Roberto León Parilli. En este sentido, señaló que dichos ajustes fueron ordenados por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en sentencia que declaró con lugar la demanda de Anauco en defensa de todos los tarjetahabientes.

En efecto, la Sudeban publicó en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.800, circulada con fecha 31 de octubre de 2007, la Resolución 228.

A partir de ella el sistema bancario nacional tendrá que aplicar a favor de los usuarios de tarjetas de crédito, los ajustes y beneficios acordados el pasado 10 de julio de 2007.

La Resolución concede el plazo de diez días hábiles contados desde de la publicación en Gaceta Oficial (31 de octubre del corriente año), para que la banca informe a la Sudeban sobre las medidas tomadas para dar cumplimiento a la sentencia en los siguientes aspectos:

En primer lugar, queda prohibido el cobro de intereses sobre intereses mediante la aplicación de fórmulas de cálculo anatocistas.

Por otro lado, se ordena a los comercios afiliados al Sistema de Tarjetas de Crédito a no constreñir a los usuarios a pagar con Tarjetas de Crédito si el cliente desea usar otro medio de pago.

Queda prohibido el cobro a los usuarios por gastos de cobranza, por renovación o mantenimiento de tarjetas o por emisión de estados de cuenta.

Asimismo, se prohíben los sistemas de cobranza que constituyan presión o amenaza a los usuarios.

Por otra parte, se ordena remitir a los usuarios en forma gratuita y con total puntualidad los estados de cuenta correspondientes a sus tarjetas de crédito.

De igual forma, se ordena mantener a la vista del usuario los contratos de adhesión que rigen las obligaciones entre las partes banco-cliente.

Entre tanto, se invierte la carga de la prueba en el fraude bancario, ningún usuario deberá cancelar consumos que no haya realizado (producto del fraude) salvo que se pruebe su culpabilidad en el hecho.

Por último, en la resolución se notifica que Sudeban emitirá una normativa prudencial aparte.

Allí, se unificará las fórmulas y metodologías usadas por las Instituciones Financieras para el cálculo de las Tarjetas de Crédito.

Entretanto, establecerá los aspectos mínimos que deben contener los contratos de adhesión para la especie Tarjetas de Crédito.

El presidente de Anauco declaró estar conforme con la Resolución emitida por Sudeban, puesto que "se ha volteado el reloj de arena", comentó.

A su juicio, ahora "los usuarios comenzarán a percibir el efecto de la sentencia que hemos conseguido".

"En Anauco velaremos por el fiel cumplimiento del mandato del TSJ y de la normativa que a tal efecto está dictando el órgano supervisor", señaló León Parilli.

Efectivamente, dijo que Anauco continúa procesando, mediante su plataforma tecnológica, las denuncias y requerimientos de los usuarios; especialmente el estudio de sus créditos a fin de determinar si se les han cobrado intereses sobre intereses, en cuyo caso procederá la inmediata devolución de las cantidades indebidamente cobradas. REGRESAR


Fecha publicada: 13/11/2007
Fuente: 2001
Tema: economia

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