La viabilidad de la denuncia contra el presidente Hugo Chávez por 'patrocinio y financiamiento de genocidas', que el Gobierno de Colombia llevará a la Corte Penal Internacional, dependerá de que su tipificación encuadre dentro de las áreas de competencia de esta instancia.
A diferencia de la Corte Internacional de Justicia que conoce de conflictos entre estados, la Corte Penal Internacional establece responsabilidades individuales por delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y delito de agresión (que no está tipificado).
El abogado especialista en derecho humanitario internacional, Alfredo Romero, explica que existen tres fórmulas para iniciar un proceso ante la Corte Penal Internacional: primero, por una investigación de oficio por parte del fiscal, que en la actualidad es Luis Moreno Campos, éste puede decidir acusar o no. Segundo, por la remisión de un Estado parte a la corte de una situación particular. El Estado parte solicita una investigación, y de conformidad con el estatuto de Roma, el fiscal debe indagar y evaluar las pruebas. Si por alguna razón argumentada en un informe, el fiscal decide no llevar el caso a la Sala de Cuestiones Preliminares, primera instancia de la Corte Penal Internacional, entonces el propio Estado puede pedir a la Sala de Cuestiones Preliminares que acuse. Ésta sería la fórmula dentro de la cual el presidente Uribe, quien no está actuando como persona, sino como Estado parte, puede dar inicio a la investigación.
Y la última forma es por una solicitud del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, donde se aplica el veto invertido.
Romero recuerda que, entre los principios aplicables, está uno que dice: 'Todos son iguales ante la corte, aunque el acusado sea un jefe de Estado'. Esto no es excusa para no ser investigado o para pagar una condena, incluso la corte puede apoyarse en el Consejo de Seguridad de la ONU para detener a un presidente si así lo establece la sentencia.
Sin embargo, el experto legal aclara que todo dependerá del delito en el que Colombia tipifique su denuncia, pues esta instancia no conoce de casos de terrorismo.
'La implicación que esto tiene para Venezuela es que habrá una investigación de todo lo que está ocurriendo con la relación supuesta con las Farc'.
SEPA USTED
Éste es el primer caso de este tipo que podría conocer la Corte Penal Internacional, creada en 2002, tras la promoción de las organizaciones de DDHH por antecedentes como el Tribunal Penal de Yugoslavia y el de Ruanda, que fueron constituidos para investigar a personas por crímenes de guerra o de lesa humanidad. REGRESAR |