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Es necesario que los casos que competen a todos los venezolanos se decidan en los tribunales de nuestro país y no en el extranjero, pues de ejecutarse de esa forma, nuestra soberanía quedaría menoscabada.

Estas declaraciones fueron emitidas por los abogados Fermín Toro y Luís Brito García, en las instalaciones del Tribunal Supremo de Justicia después de introducir en la Sala Constitucional un recurso de interpretación de los artículos 1 y 151 de la Carta Magna.

Es importante destacar que los denunciantes creen que los dos artículos se contradicen pues el primero de los antes mencionados dice que dichas leyes de la Constitución son '… derechos irrenunciables de la Nación, la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional', mientras que el 151 dice textualmente que 'en los contratos de interés públicos, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de los mismos…si no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes serán decididas por los tribunales competentes de la república de conformidad con sus leyes sin que por ningún motivo ni causa puedan dar origen a reclamarse extranjeras'.

Expusieron ante los medios de comunicación que desde hace muchos años han solicitado las interpretaciones y que modifiquen el artículo en la Asamblea Nacional, pues viene desde la Constitución de 1969, sin embargo no han tenido respuestas satisfactorias. Es necesario que se diga que nuestro país tiene sus propias leyes y si la demanda no es interpretada favorablemente 'podríamos de una vez cerrar todos los tribunales del país', porque entonces se llevarían todos los casos de Venezuela al extranjero con sus leyes limitadas.
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Fecha publicada: 13/03/2008
Fuente: 2001
Tema: leyes

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