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En los últimos siete años cinco reformas se han hecho al Código Orgánico Procesal Penal (Copp) y al Código Penal, y ahora la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional (AN) promueve una nueva reforma de 22 artículos contemplados en los dos instrumentos jurídicos con el fin de fortalecer en los corto y mediano plazos el estado de justicia en el país.

Las medidas incluyen la regulación de los procedimientos de flagrancia establecidos en el Copp 'los cuales dificultan los mecanismo de aprehensión y actuación policial', según un informe redactado entre el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el Ministerio de Interior y Justicia, el Ministerio Público y la Comisión de Política Interior de la AN y que fue discutido ayer en la reunión de la instancia legislativa.

De los 22 artículos a reformar 4 son del Código Penal. Se trata de los artículos 258 y 265 relacionados con la fuga de condenados y procesados, del artículo 460 para disminuir la impunidad en el delito del secuestro y del 283 tiene que ver con el desacato e irrespeto a la autoridad policial.

El presidente de la Comisión, Francisco Ameliach, explicó que las reformas propuestas obedecían al análisis interinstitucional donde se detectaron 55 problemas que se deben resolver, según el informe, 'porque afectan de manera apremiante y directa al pueblo'. Los problemas se resumen en trabas como el acceso a la justicia, el retardo procesal, la impunidad, la seguridad ciudadana, las debilidades institucionales y la descoordinación de los integrantes del sistema judicial.

En el informe no se establece una propuesta de redacción de los artículos a modificar en el Código Penal ni en el Copp. En este último caso se propone la reforma de 18 artículos así como la revisión de 70 artículos que comenzará a realizarse por los integrantes de la comisión la semana próxima y que deberá estar listo antes de que culmine este año.

Los 22 artículos a reformar del Copp son el 185 con el fin de 'atender la falta de citación oportuna y efectiva de las partes por poca diligencia o ausencia de proactividad del tribunal o inefectividad del alguacilazgo'; el artículo 184 y 188 'para contrarrestar la falta de diligencia del tribunal y lograr la efectiva citación de la víctima, testigos y expertos'; el artículo 323 relacionado con la audiencia donde participen las partes para decidir sobre los motivos del sobreseimiento; el 301 con el fin de disminuir la insuficiencia del lapso procesal para presentar la desestimación de la denuncia, el 244 y el 327 que tienen que ver con la proporcionalidad y la audiencia preliminar; el 248, 372 y 375 para cambiar los mecanismos que dificultan la aprehensión y la actuación policial, y que tienen que ver con la flagrancia; así como el 124, 125. 130, 250, 17, 335 y 337 relacionados con los actos de imputación y la repetición derivada 'de reposiciones innecesarias'.

Los 70 artículos a revisar establecen materias como la promoción de pruebas, el régimen de escabinos y su mecanismo de selección en delitos más graves, el modelo de apelaciones 'inadecuado porque genera impunidad y retardo procesal', la fuga de condenados y procesados de los recintos penitenciarios, el delito de secuestro y el desacato e irrespeto a la autoridad policial. El presidente de la Comisión, Francisco Ameliach, explicó que el plan de trabajo se basó en el proceso de las tres R, revisión, rectificación y reimpulso revolucionario'.

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Fecha publicada: 13/03/2008
Fuente: El Universal
Tema: leyes
Tags: Crisis carcelaria en Venezuela


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