| En el día de hoy, la Sala Constitucional del TSJ, con ponencia de su presidenta, magistrada Luisa Estella Morales, admitió una demanda por derechos difusos interpuesta el pasado 31 de enero por Alfonso Albornoz Niño, actuando en su propio nombre y en representación de su hija menor de edad, así como en '(…) defensa de los intereses difusos tanto de los menores y adolescentes, así como de los padres que viajan con sus hijos menores o adolescentes (…) contra la Providencia Nº 084 del 27-12-2007 emanada del BCV-Cadivi, que regula el tramite para la adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el exterior (…)', según señaló en su escrito presentado ante el TSJ.Esgrimió Albornoz Niño en su escrito, entre otras cosas, que '(…) hay una doble discriminación a los menores y adolescentes, que a sabiendas que generan gastos y consumos en el exterior, no son tomados en cuenta en esa realidad; y a los padres y representantes que viajamos con hijos, o menores y adolescentes al exterior, se les da el mismo cupo de divisas, que los viajeros que viajan sin hijos menores o adolescentes (…)'.En criterio de Albornoz, se vulnera su derecho a la igualdad y a la no discriminación, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 3 y 4 de la Ley Organica para la Protección del Niño y del Adolescente.El TSJ ordenó, a costa del demandante, un edicto en un diario de mayor circulación nacional, con el fin de notificar a terceros con interés en el presente asunto, para que concurran como coadyuvantes dentro de los 10 días siguientes a la publicación del mismo.Artículo relacionado: Dolar paralelo va a la escuela REGRESAR |