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La Asamblea Nacional aprobó en primera discusión y con carácter de urgencia legislativa el proyecto de ley de impuesto sobre precios extraordinarios del mercado internacional de hidrocarburos, que venía llamándose tributo a las ganancias súbitas.
En el artículo 1 del proyecto se indica que el cobro del tributo con la tasa de 50% se hará cuando se alcance una cotización de 70 dólares por barril en el caso del precio promedio del crudo Brent, referido al petróleo de los países del Mar del Norte (Reino Unido y Gran Bretaña). 'Este crudo fue el elegido porque se cotiza mejor, tiene una buena participación en el mercado y siempre se comercializa', argumentó el diputado Ángel Rodríguez, presidente de la Comisión de Energía y Minas, cuando se le preguntó la razón por la que no se utiliza el promedio de la cesta venezolana de crudos. En caso de que la cotización se sitúe por encima de 100 dólares por barril, se aplicará la alícuota de 60%.
El parlamentario Luis Tascón pidió que se revise el artículo que se refiere a la posibilidad de que lo pagado por este tributo se descuente para efectos del impuesto sobre la renta. 'Así como está parece una regalía', dijo.
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| Fecha publicada: 04/04/2008 Fuente: El Nacional Tema: petroleo
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