|
|
|
El rector principal del Consejo Nacional Electoral, Vicente Díaz, aseguró que debe permitirse la postulación a cargos de elección popular a los ciudadanos y funcionarios públicos, mientras no exista una inhabilitación política, que debe producirse por una sentencia firme de los tribunales y no por inhabilitaciones administrativas de cualquier otro órgano del poder público.
Díaz señaló durante una entrevista a Unión Radio que dentro del CNE existe el animo de seguir la constitución al pie de la letra. 'La constitución venezolana es clara y tajante, cuando estipula que para que haya una inhabilitación política, tiene que haber una sentencia firme de un tribunal. Mal se puede interpretar que una decisión administrativa de un órgano del poder público, sea cual sea este, llámese poder electoral, Asamblea Nacional o poder ciudadano, la Contraloría, o cualquier órgano del poder público, que no sean los tribunales, puede significar una inhabilitación política'.
Díaz explicó que para que exista una inhabilitación política debe haber un delito punible y este debe haber sido juzgado por los tribunales nacionales, para que se genere una pena y luego una sanción política.
El rector dejó claro que en las inhabilitaciones realizadas por la Contraloría General de la República contra algunos funcionarios públicos, 'estamos en presencia de una inhabilitación administrativa, porque no puede ser política, porque la constitución lo prohíbe y esa inhabilitación no priva sobre los derechos políticos, de manera que no se le puede impedir la postulación a ningún ciudadano o ciudadana del país que haya sido inhabilitado administrativamente'.
Agregó que la inscripción de los candidatos a gobernadores y alcaldes debe ser realizada ante la Junta Electoral respectiva, la municipal para los alcaldes y la regional para los que aspiren al cargo de gobernadores de estado.
Díaz añadió que 'quien acepta la postulación es la junta, ahora la junta no puede, aceptar ninguna postulación, a menos que haya una inhabilitación política, que no es el caso, de manera que la junta tiene que aceptar esa postulación'.
El rector del Consejo Nacional Electoral fue tajante al señalar que 'en el espíritu de todos los rectores ha estado siempre y siempre se ha aplicado estrictamente la constitución, de manera que si la constitución claramente establece que solamente mediante sentencia firme de un tribunal se puede inhabilitar políticamente, no hay ninguna manera de interpretar eso que no sea que dado que se carece de sentencia firme, en algunos caso, en esos casos se tiene que permitir la postulación, no hay un tema de interpretaciones, la constitución es tajante'. REGRESAR |
*** noticias no disponibles *** |
|