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Luego de que el Instituto Nacional Socialista de Pesca y Acuicultura (Insopesca) se reuniera ayer con representantes de la pesca industrial de arrastre, las partes acordaron reactivar esa actividad el próximo 18 de abril, por lo que los barcos zarparán con los permisos especiales que emitió el instituto.
Oneiber García, representante del sector, informó que la actividad se podrá realizar durante el período de transición de un año, en el marco de la antigua Ley de Pesca.
Por su parte, el presidente de Insopesca, Gilberto Giménez, declaró a ABN que 'esta semana podrían zarpar las embarcaciones de pesca de arrastre que se encuentran paralizadas'.
Los armadores industriales se mostraron satisfechos ante la iniciativa del Ejecutivo nacional de instalar mesas de trabajo, donde representantes de Insopesca y del sector privado discutirán los alcances que tendrá el decreto de ley reformado vía Ley Habilitante el pasado 14 de marzo.
García indicó que entre los puntos a definir destaca la correcta determinación de las zonas de pesca, la cual se realizará a seis millas náuticas de ancho a partir de la línea de la costa, y 10 millas náuticas a partir de las áreas insulares, tal y como estaba contemplado en la Ley de Pesca antes de ser reformada.
Asimismo, se revisarán las sanciones establecidas en el nuevo decreto, así como la aplicación del artículo 46 que establece la contribución solidaria de 5% de la producción.
En la reunión se planteó la posibilidad de dictar cursos de inducción a los capitanes de barcos para optimizar la bitácora de pesca, así como la colocación de observadores en las embarcaciones a fin de mejorar mecanismos para la colecta de información de la actividad.
Igualmente, se debatirá sobre el impacto social y económico que tendrá la eliminación de la pesca de arrastre en los estados donde se realiza.
Los armadores aseguran que los marinos saldrán a faenar para garantizar el abastecimiento de productos del mar en el mercado nacional.
Entretanto, el sector pesquero planteará en las mesas de trabajo la posibilidad de prorrogar la aplicación de la ley por un período de 36 meses, así como la revisión del artículo 23 que prohíbe la pesca industrial y artesanal de arrastre. REGRESAR |
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