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El proyecto de Ley Orgánica de Salud que discute la comisión presidencial en el marco de la Ley Habilitante otorga al Ejecutivo nacional poder absoluto sobre todos los niveles de atención sanitaria pública, contraviniendo el principio de descentralización e intersectorialidad que establece la Constitución Nacional vigente en su artículo 84. El borrador, que consta de 6 capítulos y 185 artículos, propone un sistema nacional centralizado que depende directamente del ministro de Salud y del presidente de la República, quienes al momento de que sea sancionado el instrumento legal podrán controlar desde las políticas públicas en materia epidemiológica hasta la dotación de equipos e insumos médico quirúrgicos en un centro de salud, pasando por la contratación de empleados en los hospitales.
Para la transferencia de competencias desde las regiones al Nuevo Sistema Público Nacional de Salud se prevé un plazo máximo de 1 año a partir de la publicación de la Ley de Salud en Gaceta Oficial.
La propuesta crea además una Defensoría del Derecho a la Salud, una serie de comisiones, comités y consejos distritales, municipales y estadales, así como un Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria que ejercerá funciones de evaluación, vigilancia, regulación, intervención y revisi´´on de la gestión de salud pública o privada; todos ellos conformados y dependientes de la aprobación del Ejecutivo.
En este sentido, el proyecto de Ley de Salud establece como actividades reguladoras: 'el registro, autorización, notificación sanitaria, acreditación, certificación, recertificación, habilitación, renovación, análisis, evaluación y validación de procesos, productos y servicios, investigaciones, profesionales y técnicos, y establecimientos relacionados con salud y con bienes de uso y consumo humano'.
Para cada uno de los trámites mencionados se deberá cancelar al Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria una tasa que oscila entre 20 y 450 unidades tributarias (UT) según la naturaleza de la gestión y el establecimiento solicitante.
La propuesta establece un estricto régimen sancionatorio a prestadores de servicios de salud (públicos o privados), profesionales de la medicina, empresas aseguradoras y a fabricantes e importadores de insumos médico quirúrgicos.
Cabe mencionar que el papel de trabajo no hace mención alguna de la Misión Barrio Adentro, lo que sugiere que el sistema pudiera seguir operando paralelamente y sin regulación.
También es importante destacar la incorporación de conceptos como: socialismo, distritos funcionales, comunas, entre otros, rechazados el pasado 2 de diciembre con la propuesta de modificación de la Constitución.
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| Fecha publicada: 17/04/2008 Fuente: El Universal Tema: salud
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