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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió los recursos de nulidad y de consideración de artículos del Código Orgánico Procesal Penal y de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas introducidos por los reclusos de varios centros penitenciarios del país en solicitud de beneficios procesales. La presidenta del máximo tribunal, Luisa Estela Morales, indicó que la decisión es de trascendental importancia porque representa un avance en la aplicación de las ventajas que tendrán los presos de acuerdo a su comportamiento durante el cumplimiento de su pena. De acuerdo a este anuncio quedarían sin lugar los artículos 374, 375, 406, 456, 457, 458, 459, parágrafo cuarto del artículo 460, 470 parte in fine, todos del Código Penal; así como el último aparte de los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Morales agregó que con la nulidad de los parágrafos se concederán beneficios procesales y reducción de la pena de los internos. 'Estamos permitendo que los reclusos, luego de cumplir una parte de la pena, puedan ser acreedores de al menos alguno de estos beneficios', señaló. La presidenta del TSJ apuntó que la prontitud de la respuesta de la Sala fue posible por la claridad con la que fue redactada la solicitud. REGRESAR


Fecha publicada: 22/04/2008
Fuente: El Nacional
Tema: leyes

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