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El Banco Central de Venezuela (BCV), mediante circular, le reitera a los organismos del sector público que para mantener cuentas en el exterior se requiere de la autorización del directorio del instituto.
En el comunicado se menciona parte de lo previsto en el convenio cambiario y la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y se insiste en que los entes no podrán tener depósitos en moneda extranjera sin el visto bueno del BCV y cuando las circunstancias lo justifiquen.
Luego se destaca que las autorizaciones para el mantenimiento de las cuentas en el exterior tienen que tramitarse según los procedimientos previstos en las normativas del Banco Central. En la circular, el ente emisor señala que 'se enfatiza la importancia de cumplir con las disposiciones y que los recursos mantenidos en las cuentas deberán ser destinados a los fines autorizados por el directorio del BCV'.
Una parte de los entes oficiales mantiene cuentas en el exterior y, según fuentes financieras, la circular emitida por el instituto emisor en parte responde a la necesidad de que las instituciones cumplan con el convenio cambiario y más cuando las reservas internacionales han estado bajando en las últimas semanas.
Las cifras del BCV señalan que al cierre del 16 de mayo los activos en poder del instituto emisor se ubicaron en 29.312 millones de dólares, cuando en diciembre de 2007 estaban en 33.477 millones de dólares. En casi cinco meses las reservas han disminuido en más de 4.000 millones de dólares.
En parte de la caída han incidido los traspasos al Fonden (Fondo de Desarrollo Nacional) que en el primer trimestre del año fueron 1.538 millones de dólares, así como los pagos del servicio de deuda. REGRESAR |
| Fecha publicada: 20/05/2008 Fuente: El Universal Tema: gobierno
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