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Veintidós decretos, aparecidos en la Gaceta Oficial N° 38.939 de fecha 27 de mayo de 2008, dan cuenta del cambio de 'denominación y objeto' de igual número de instituciones culturales adscritas al Ministerio del Poder Popular para la Cultura.

Partiendo del dígito 6.100 hasta llegar al 6.121, la nueva normativa legal está referida a las fundaciones (22 en total): Misión Cultura, Biblioteca Ayacucho, Casa Nacional de las Letras Andrés Bello, Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos, Editorial el Perro y la Rana, Imprenta de la Cultura, Librería del Sur, Distribuidora Venezolana de la Cultura, Centro Nacional de la Fotografía (Cenaf), Museos Nacionales, Red de Artes, Casa del Artista, Centro Nacional del Disco (Cendis), Compañía Nacional de Danza, Compañía Nacional de Música, Vicente Emilio Sojo, Teatro Teresa Carreño, Cinemateca Nacional, Distribuidora Nacional del Cine Amazonia Films, La Villa del Cine, Centro Nacional de la Historia y Centro de la Diversidad Cultural.

Todos los decretos están constituidos por ocho artículos y llevan el correspondiente 'Ejecútese' del presidente de la República, Hugo Chávez, amén de estar refrendados por el vicepresidente Ramón Carrizalez y por 22 ministros.

Precisamente en el artículo 2 de cada disposición legal, dice: '(...) Para el desarrollo de su objeto, la Fundación (el nombre de cada institución) promoverá las medidas que garanticen la participación protagónica y la corresponsabilidad activa del pueblo en la formulación, ejecución y control de su gestión, orientada a la construcción de una sociedad socialista, en aplicación del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, así como de los lineamientos, políticas y planes emanados de la Comisión Central de Planificación'.

De esta forma, se plasma en los instrumentos jurídicos la orientación socialista de las instituciones culturales.

Los artículos identificados con el número 4 especifican que cada fundación estará regida por un Consejo Directivo integrado por siete personas: presidente o presidenta, director o directora ejecutiva, tres coordinadores o coordinadoras generales y dos representantes del Ministerio de la Cultura, todos ellos con sus respectivos suplentes.

Vale agregar que en cada artículo 1 está contemplados datos sobre la creación de las instituciones, especificando números de decretos originales y gacetas en las que fueron legalizadas. Además, hay detalles sobre el domicilio y la dependencia de cada una de las 22 instituciones incluidas en el texto difundido ayer.

El resto del articulado habla sobre el deber del ministro y las derogaciones correspondientes. REGRESAR


Fecha publicada: 29/05/2008
Fuente: Últimas Noticias
Tema: cultura

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