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La Superintendencia de Bancos emitió una resolución, ya publicada en Gaceta Oficial, que en caso de ilícitos con tarjetas de crédito favorece a la clientela.

La norma indica que los bancos no podrán cobrarle al propietario de la tarjeta los cargos que realicen otras personas 'a menos que se compruebe su culpabilidad en el hecho'.

Roberto León Parilli, presidente de la Asociación Nacional de Usuarios y Consumidores, afirma que el Tribunal Supremo, a raíz de una acción que introdujo el año pasado, especificó en sentencia del 10 de julio de 2007 las circunstancias en las que puede declararse culpable al dueño de la tarjeta.

'La sentencia es muy clara, cuando no denuncie a tiempo o cuando el mismo usuario realice el fraude. Esta norma es importante porque traslada la carga de la prueba al banco, que no podrá cobrarle los consumos indebidos al tarjetahabiente a menos que demuestre que efectivamente es culpable'.

La norma agrega que 'las instituciones financieras deben asumir la tenencia de todos los sistemas de seguridad que impidan estos ilícitos, pues dichos riesgos no pueden trasladarse al tarjetahabiente'.

La fórmula
Con la resolución, la Superintendencia de Bancos también estableció un método de cálculo único para determinar el cobro de intereses.

Roberto León Parilli indica que 'se trata de una fórmula de interés simple a 360 días, lo que vemos como positivo. Además en el estado de cuenta el banco tendrá que especificar el monto del capital, el de los intereses y el de las comisiones, de tal forma que el público conocerá mejor qué es lo que paga. Asimismo, las comisiones ya no van a generar intereses; con esto nos sentimos satisfechos'.

Añade que la fórmula única es positiva. 'Actualmente los bancos aplican fórmulas distintas, algunas más onerosas que otras: esto hará que la competencia efectivamente se centre en las tasas de interés'.

Los intereses moratorios se calcularán solamente sobre el capital dejado de pagar en cada cuota y bajo ningún concepto los bancos podrán incurrir en la práctica de cobrar intereses sobre intereses.

Con foto
Las tarjetas cambiarán obligatoriamente. La Superintendencia indica que cada plástico debe tener, aparte de los datos tradicionales, una foto actualizada del tarjetahabiente, firma ológrafa y números de atención permanente al público.

Los bancos están obligados a enviarle a cada cliente un estado de cuenta con el detalle de cada operación 'dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de corte'.

Los bancos cuentan con 90 días para adecuarse.

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Fecha publicada: 17/06/2008
Fuente: El Universal
Tema: economia

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