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'Esa ley no nos afecta a nosotros sino a las empresas contratistas', comentaron unos funcionarios de Pdvsa que ayer -en el marco de la Exposición Latinoamericana de Petróleo- escucharon la conferencia sobre la nueva Ley de Contrataciones Públicas, que amplía las consideraciones para la adjudicación directa por parte de los organismos del Estado y le da rango legal a los aportes que deben hacer empresas privadas a los programas sociales que aúpa el Gobierno.

De esta manera, se derogó la llamada Ley de Licitaciones a través de un decreto con rango legal que se aprobó dentro de la Ley Habilitante, la cual otorgó al presidente Hugo Chávez la facultad para legislar durante año y medio, período que vence el próximo 1° de julio.

En el artículo 44 de lo que ahora se llama Ley de Contrataciones Públicas se enumera el contenido del pliego de condiciones que deben seguir aquellas empresas que opten por contratar con alguna institución pública, y se incluye la obligatoriedad del compromiso de responsabilidad social por parte de la compañía contratista. En caso contrario, la oferta de la compañía será rechazada, según indica el artículo 71.

'Antes no se tenía un sustento legal de la responsabilidad social empresarial y sólo Pdvsa lo exigía en sus contratos para fomentar las empresas de producción social', comentó Sunsiree Meza, abogado del bufete Díaz, Pardi y Zuleta.

La empresa estatal impone en sus contrataciones una contribución que varía entre 2% y 5% del monto del contrato para un fondo social que se ha utilizado para fortalecer el esquema de las EPS. Este aspecto no se especifica en la nueva ley, pero sí se señala que se trata de un aporte de dinero o en especie que sea determinado por el Estado, propicie el desarrollo comunitario o satisfaga necesidades de la población.

Asignación a dedo.
En la derogada Ley de Licitaciones se hablaba de adjudicación directa, que se sustituyó por contrataciones directas, las cuales pueden utilizarse cuando el organismo público -por ejemplo empresas del Estado- considere que para la selección de un bien o servicio pudiera 'comprometer secretos' o revelar su estrategia comercial.

También se abre la vía de la compra directa, sin necesidad de presentar un acto motivado, para la adquisición de alimentos, bienes y servicios vinculados con la seguridad de la Nación, y se mantiene el uso de esta vía cuando se declare una situación de emergencia o estado de excepción, tal como estaba en la antigua legislación.

'En la exposición de motivos se menciona que esta ley busca que el uso de lo que antes se llamaba adjudicación directa sea excepción, pero incluye 11 situaciones que más bien amplían el uso de esta modalidad de contratación', comenta Rafael Díaz, abogado del bufete Díaz Pardi y Zuleta.

Un tercer aspecto de la Ley de Contrataciones Públicas es la reducción de las multas a los funcionarios públicos con respecto a lo que se establecía: antes variaba entre 100 y 1.000 unidades tributarias (entre 4.600 y 46.000 bolívares fuertes), ahora el tope se redujo a 500 UT, que en este momento equivalen a 23.000 bolívares fuertes; mientras que a los particulares se les fija el monto de 3.000 UT (138.000 bolívares fuertes). REGRESAR


Fecha publicada: 19/06/2008
Fuente: El Nacional
Tema: petroleo
Tags: Misiones Sociales en Venezuela


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