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La Comisión Nacional de Valores emitió una resolución que obliga a las casas de bolsa a incrementar antes del 30 de junio el capital mínimo para operar.

En el caso de las casas de bolsa que pueden realizar actividades 'universales de intermediación', la categoría que otorga mayor libertad para estructurar productos financieros, es necesario un capital pagado de un millón de bolívares fuertes y un patrimonio líquido de 3 millones de bolívares.

Las casas de bolsa que pueden realizar actividades globales de intermediación, el capital mínimo es de un millón de bolívares fuertes, pero el patrimonio líquido es de 2 millones.

La exigencia mínima para simplemente operar como intermediador en el mercado bursátil es un capital de 400 mil bolívares fuertes (400 millones antiguos), indica la Comisión Nacional de Valores.

Las casas de bolsa quedan facultadas a tener una posición neta global en divisas de 15% del patrimonio contable.

Las casas de bolsa que administren recursos del público están obligadas a construir un perfil del inversionista 'a través de un cuestionario y un informe, que determinará los alcances de los riesgos asumidos por el cliente'.

Este cuestionario ha sido elaborado por la Comisión Nacional de Valores.

Además la Comisión determina el riesgo que puede correr cada tipo de inversionista en un informe que ya está disponible.

En el caso de tratarse de clientes catalogados como profesionales, como es el caso de bancos y empresas de seguros, las casas de bolsa están exceptuadas de la obligación de asignar un perfil al inversionista. REGRESAR


Fecha publicada: 21/06/2008
Fuente: El Universal
Tema: economia

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