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Las empresas terminan pagándole un 250 % adicional a los trabajadores por conceptos derivados y esto 'no puede ser ignorado, alguien tiene que pagarlo', se planteó en el taller 'Factores de costos asociados al salario', en la Universidad Centroccidental. Aspectos estipulados en la contratación colectiva de los trabajadores del sector de la construcción, incrementan el sueldo que éstos devengan en un 250 por ciento, afirmó el ex presidente de la Cámara de la Construcción del estado Lara, Heli Saúl Lizardo, durante el taller titulado Factores de costos asociados al salario, que se celebró ayer en el decanato de Ingeniería Civil de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Dicho porcentaje, prosiguió, repercute de manera directa en el 'aumento exorbitante de la vivienda, pues no puede ser ignorado, alguien tiene que pagarlo'. A su juicio, existe un efecto multiplicador muy peligroso en la contratación colectiva a revisarse en mayo de 2009. En enero de ese año, los empleados deberán introducir su proyecto, el cual sería sometido a discusión con la Cámara Venezolana de la Construcción y el resto de las asociaciones regionales, a objeto de acordar una convención beneficiosa para el patrono y el obrero. 'A los beneficios tradicionales como las prestaciones sociales, fallecimiento de familiares, asistencia puntual, alimentación, seguro social, paro forzoso, Ley de Política Habitacional, útiles escolares... ahora se le incorpora el Plan Nacional de Aprendizaje y la Ley del INCES, que no estaba contemplado para nuestro sector, estábamos exentos de ello'. En este sentido, los conceptos de higiene y seguridad industrial, contribuciones y costos sindicales también representan un costo significativo. Al tomar en consideración lo anteriormente señalado, resulta que hay que pagarle al trabajador un 250% adicional a su salario normal, estimó Lizardo al diario El Impulso. -Quiere decir que una persona que devenga 40 bolívares fuertes por día laborado, termina ganando dos veces y media más que esa cifra. Además hay que comprarle la braga, el arnés, botas y otros elementos de seguridad a favor de su protección, lo cual no forma parte de su salario, por tanto, no lo percibe, pero la empresa contratista sí lo siente y constituye una erogación. Días trabajados vs. días pagados Según Lizardo, la contratación colectiva incorpora una cantidad de condiciones de obligatoriedad en el pago de factores que reclaman ser considerados al momento de determinar cuánto gana realmente un obrero. 'Por ejemplo, es necesario concretar cuántos son los días efectivamente trabajados porque nadie labora los 365 días del año', acotó. -Si uno tiene diez trabajadores en su plantilla, quienes ganan 40 bolívares fuertes diarios, en lugar de 400, hay que pagar un millón de bolívares adicionales, de modo que en realidad devengan un millón cuatrocientos mil. Por tanto, añadió, al sector construcción le resulta cada vez más cuesta arriba mantener a sus empleados. 'Lo más preocupante es que este tipo de exigencias van en ascenso y en forma de espiral, además que nunca terminan. Por el contrario, crece cada dos años y al final, ese costo se le transfiere al usuario o comprador de inmuebles'. A propósito del importe considerable de la vivienda en la actualidad, la misma no sólo representa el monto de la construcción como tal, sino también el de los materiales, equipos y financiamiento. Factores de costos asociados a los salarios Para una obra de construcción de viviendas ubicadas en una zona urbana, en un período de doce meses, el total de días pagados o salarios equivalentes es de 910.82, cuyo porcentaje de costos asociados a los salarios es de 248,57%. De acuerdo con la convención colectiva de trabajo para la industria de la construcción, el salario ordinario promedio ponderado es de Bs. 48.276, factor salario normal (1,00), factor salario para pago de utilidades (1,17), factor salario para pago de antigüedad (1,41) y un número promedio de trabajadores de 80. REGRESAR


Fecha publicada: 17/07/2008
Fuente: Reporte
Tema: bienes

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