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Hasta el 31 de diciembre de 2008 se prorrogan las medidas temporales para la flexibilización de los trámites para la producción, la importación y el mercadeo de productos, subproductos e insumos requeridos por la industria alimenticia, las cuales estaban vigentes hasta hoy, según el decreto de la Presidencia de la República número 5.813, publicado en la Gaceta Oficial del 14 de enero de 2008.

La extensión se estableció en el decreto 6.237 -también de la Presidencia de la República- publicado en la Gaceta Oficial 38.974, del pasado 16 de julio.

La flexibilización de los trámites significa que los importadores no tienen que presentar los certificados de no producción o producción insuficiente a Cadivi ni al Seniat para solicitar divisas. Tampoco necesitan las solvencias del INCE, IVSS, ni de Vivienda y se les exonera total o parcialmente del IVA y de los aranceles de aduana a las importaciones de rubros o insumos cuya producción nacional sea declarada insuficiente.

También incluye el funcionamiento de una taquilla única para simplificar los procesos de producción e importación de alimentos, en la que los industriales y comerciantes pueden pedir los documentos emitidos por los ministerios y organismos públicos. También incluye que los permisos sanitarios sean otorgados en un plazo no mayor a siete días.

Según la resolución, la prórroga fue una solicitud que hicieron en Consejo de Ministros los titulares de Planificación y Desarrollo, de Alimentación, de Industrias Ligeras y Comercio, de Agricultura y Tierras, de Salud, de Finanzas, de Economía Comunal, de Trabajo y Seguridad Social y el de Vivienda y Hábitat. REGRESAR


Fecha publicada: 18/07/2008
Fuente: El Nacional
Tema: comercio

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