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El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) informa, a partir del venidero 1º de septiembre, la facturación emitida por los contribuyentes ordinarios del Impuesto al Valor Agregado (IVA) debe ajustarse a las normas establecidas en la providencia administrativa 0591.
Asimismo, recuerda que el plazo para facturar conforme a la Resolución 320, vence el próximo 31 de agosto de 2008, según nota de prensa del organismo recaudador.
A tal efecto, los sujetos pasivos de la obligación tributaria tendrán oportunidad de utilizar la facturación que tengan en existencia hasta el 31 de agosto, pues a partir del mes de septiembre deberán cumplir los parámetros establecidos en la nueva normativa de facturación.
El Seniat aclara a la opinión pública nacional que no existe una factura modelo. Lo que se pretende es cumplir con este deber formal al incorporar todos los elementos y exigencias contempladas en la providencia 0591.
La referida disposición jurídica establece las normas que rigen la emisión de facturas, órdenes de entrega o guías de despacho; notas de débito y notas de créditos, de conformidad con la normativa tributaria del país. REGRESAR |
| Fecha publicada: 30/07/2008 Fuente: ABN Tema: leyes
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