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La reforma a la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat ya está en la calle llegó vía Habilitante y con ella se crean nuevos beneficios destinados a los compradores de unidades habitacionales.

Según el artículo 61 de la nueva versión del reglamento, los créditos hipotecarios para viviendas principales, otorgados después de dictado este decreto, 'podrán ser concedidos hasta por 100% del valor del inmueble'. Anteriormente los préstamos de esta naturaleza sólo cubrían 70% del valor de la vivienda, recordó el experto en finanzas José Grasso Vecchio, quién además señaló que los aspirantes a créditos hipotecarios ciertamente se verán beneficiados con la medida.

La disposición antes descrita también especifica que la garantía del crédito será obtenida según el avalúo practicado a la unidad que se aspira adquirir.

Grasso recomendó a las entidades financieras tomar una actitud estricta a la hora de aceptar la valoración del inmueble, con el fin de blindarse ante pérdidas.

'Las entidades corren riesgos con el financiamiento a 100%. Por ejemplo, si se otorga un crédito para la compra de una unidad y esa vivienda al pasar el tiempo baja de precio, ese descenso se reportará como una pérdida para el banco. Pero si los avalúos son más firmes se reduce el peligro', precisó el analista bancario.

PRÉSTAMOS MIX
Lo créditos mixtos son otro de los nuevos elementos que posee la reforma del Régimen Prestacional.

Esta herramienta de financiamiento contempla el otorgamiento de un préstamo a largo plazo que permita tanto la compra de un terreno, como la construcción de un inmueble en esa sección de tierra.

Por otra parte, el nuevo decreto firmado por el Ejecutivo establece que los pagos concernientes a la cancelación de créditos -tanto convencionales como mixtos- podrán variar entre 5% y 20% del ingreso total mensual familiar.

911 PARA EL ARRENDAMIENTO
La lenta agonía que amenaza con acabar con el alquiler de viviendas -el año pasado sólo 8% de la torta del mercado inmobiliario pertenecía a la renta- al parecer fue tomada en cuenta por el Gobierno Central, pues en el nuevo reglamento se incluye la creación de 'incentivos tributarios o de cualquier otra índole, para promover el arrendamiento'.

Asimismo, mediante esta normativa, la regulación del mercado de alquileres en cuanto a los tipos de viviendas susceptibles a ser rentadas, las garantías que deba prestar el arrendatario y, especialmente, de los cánones de arrendamiento, pasa a ser competencia del Ministerio de Vivienda y Hábitat. Hasta ahora, estas potestades eran ejercidas por el Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio. REGRESAR


Fecha publicada: 06/08/2008
Fuente: El Mundo
Tema: bienes

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