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Publicado en Gaceta Oficial el decreto de la Presidencia de la República mediante el cual se regula la escala de sueldos para los médicos que presten sus servicios en en los órganos y entes de la Administración Pública Nacional.
Asimismo, el decreto incluye al personal civil que preste servicios en cargos médicos en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
Se trata del decreto número 6.295, publicado en la gaceta número 38.987, de fecha martes 5 de agosto de 2008.
La publicación señala que igualmente quedan incluidos en los beneficios del presente decreto los médicos y médicas que presten sus servicios en cargos médicos en los estados, municipios y sus entes descentralizados, informó ABN.
De esta manera, se aprueba un aumento de 30% a la asignación del sueldo inicial o básico para los distintos cargos médicos, estructurados por escalafón, con vigencia a partir del 1 de julio de 2008.
Se aclara que en casos en que el sueldo inicial o básico sea superior a lo establecido, el médico o médica seguirá percibiendo el que venía devengando y en los casos en que el salario inicial o básico haya sido fijado en un monto superior a la escala vigente antes de la publicación del presente decreto se debe reajustar al salario inicial o básico al tabulador vigente a partir del 1 de julio de 2008.
El Ejecutivo Nacional emitió tal decreto, consciente de que el régimen prestacional de salud es atendido, entre otros, por médicos y médicas cuyo ejercicio en el sector público tiene distintas denominaciones y remuneraciones, las cuales es necesario regularizar, a fin de evitar contradicciones o desigualdades en el citado gremio profesional.
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| Fecha publicada: 07/08/2008 Fuente: El Universal.com Tema: salud
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