|
|
|
El decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UCV insiste en que la vía para cambiar la estructura de la Carta Magna es una Asamblea Nacional Constituyente. "No se trata del número de artículos", dijo
CELINA CARQUEZ
--------------------------------------------------------------------------------
El profesor de la UCV dice que no se puede optar por la reforma sin decir qué se cambiará ARCHIVO
Jorge Pabón, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela, afirmó que aunque se mantengan intactos los principios establecidos en los primeros nueve artículos de la Constitución se cometería un fraude constitucional al tratar de modificar los preceptos con reformas puntuales al articulado. "La tesis que manejan los partidarios del gobierno es engañosa", dijo.
Sostiene que la envergadura de los cambios que propone el Presidente sólo puede realizarse a través de una Asamblea Nacional Constituyente, y que si se pretende implementar la reelección indefinida habría que impulsar un régimen parlamentario. "Tiene que haber contrapesos en los poderes".
¿Qué se gana y qué se pierde con la confidencialidad impuesta a los miembros de la comisión para la reforma constitucional? No se gana nada, se pierde una oportunidad valiosa para el debate de la Carta Magna. El principal problema de la Constitución de 1999 es la ausencia de debate, por eso gran parte de la población no la considera legítima. Se prescindió de un principio esencial de la cultura política venezolana: la representación proporcional de las minorías. En la Asamblea Nacional Constituyente no hubo pluralismo, el proyecto de Constitución se dio a conocer apenas dos días antes de ser sometido a referéndum y la abstención fue muy alta. La confi dencialidad es sólo para cuestiones de seguridad de Estado o temas económicos, como una devaluación. El Presidente somete a sus designios a los Poderes Públicos, ya que designa a las presidentas del Parlamento y del Tribunal Supremo de Justicia, Cilia Flores y Luisa Estela Morales, respectivamente, en la comisión.
El diputado Carlos Escarrá aseguró que los principios fundamentales de la Constitución –establecidos en los artículos del uno al nueve – no iban a ser modifi cados. ¿Qué cree usted? El artículo 342 de la Constitución estipula que una reforma constitucional es para la revisión parcial de ésta o la sustitución de uno o varios de sus artículos sin modificar la estructura. Si se van a modifi car los principios fundamentales no puede hacerse a través de la reforma, porque sería un contrasentido e inconstitucional.
Uno de los cambios propuestos por el Presidente es la reelección indefi nida y el artículo seis establece que la forma del gobierno y de las entidades que la componen es alternativa.
Ese principio está desarrollado en el artículo 230, que dispone la reelección inmediata por una sola vez. Si se modifi ca puntualmente el artículo 230, están modifi cando el principio del artículo seis que establece el gobierno alternativo.
O sea, que si modifi ca el artículo 230 de manera puntual, ¿se modifi caría la estructura de la Constitución? Sí, se modifi caría el principio de gobierno alternativo previsto en el principio número seis.
Pero lo que se busca son reformas puntuales de algunos artículos, ¿eso es legal? No, e s o e s u n f r a u d e constitucional.
¿Porqué es un fraude? Estarían utilizando un procedimiento distinto al establecido en la Constitución para modifi car principios constitucionales. Si se hace de esa manera, se podría cambiar el período presidencial en el artículo 230 sin tocar el artículo seis, pero haría inviable el gobierno alternativo con la modifi cación.
Si acogemos la tesis de Escarrá se puede destruir el Estado sin tocar los principios fundamentales establecidos en los artículos del 1 al 9. No se puede cambiar el artículo que prevé cuánto dura el período presidencial y mantener el artículo seis que dice que el Gobierno es y será siempre alternativo.
Eso es una burla, porque si se toca uno de los desarrollos de los principios fundamentales están cambiando la estructura.
La tesis que manejan los partidarios del gobierno es engañosa, es un fraude constitucional.
El razonamiento jurídico debe ser integral.
¿Qué se puede hacer para evitar ese fraude del que usted habla? El único camino que hay es una Asamblea Nacional Constituyente, aunque sea tortuoso.
La ANC es poco democrática, no tiene límite de tiempo, y sus decisiones no tienen ningún tipo de limitación. Pero constitucionalmente esa es la única vía para ejecutar los cambios de la envergadura que propone el Presidente. No se trata del número de artículos que se modifi que –no importa si son 20 o 100–, con cambiar un solo artículo podrían cambiar la estructura de la Carta Magna. Lo único que queda es crear conciencia y que los voceros del gobierno entiendan que los cambios que proponen deben hacerse a través de una Constituyente.
El Presidente ha dicho que hará una reforma sin decir qué cambiará. No se puede escoger primero el camino; éste dependerá de los aspectos que se quieren modificar. Si son pequeños, sería una enmienda; sin son puntuales, una reforma; y si son estructurales, una ANC. El gobierno se deslegitimará si opta por esta vía, porque obviamente sería un fraude constitucional.
¿Qué piensa sobre la propuesta de que la reelección indefi nida sea para todos los cargos de elección popular? ¿Cree que eso minimiza el impacto del tema? Eso sólo potenciaría el problema porque todos los funcionarios podrían elegirse de manera indefi nida: diputados, alcaldes, gobernadores. Habría que recordar una frase de El Libertador en el Congreso de Angostura: "La continuación de la autoridad en un mismo individuo frecuentemente ha sido el término de los gobiernos democráticos.
Las repetidas elecciones son esenciales en los sistemas populares, porque nada es tan peligroso como dejar permanecer largo tiempo a un mismo ciudadano en el poder.
El pueblo se acostumbra a obedecerle y él se acostumbra a mandarlo; de donde se origina la usurpación y la tira". Montesquieu dice que el valor supremo del hombre es la libertad y que, por tanto, hay que limitar al poder y debe haber contrapesos. Si lo que quieren es una reelección ilimitada, que se vaya a un sistema parlamentario.
Chávez, lejos de lograr que le llamen autócrata democratizando la reelección indefi nida, lo que hará es incrementar su poder e impondrá a todos los candidatos.
Ha trascendido que aumentarán las exigencias para activar los referenda revocatorios de mandato. ¿Qué opina? Ya los requisitos son sufi cientemente exigentes. Aumentar el número de fi rmas a recabar o poner nuevos requisitos haría imposible el ejercicio de este derecho.
La FAN propuso la modifi cación del artículo 350. ¿Se justifi ca ese cambio? El TSJ ya interpretó ese artículo y prácticamente lo vació de contenido. Pienso que la FAN sí entiende que los ciudadanos pueden desconocer un gobierno que menoscabe los derechos humanos y que este derecho está por encima de cualquier sentencia.
Nadar en dos aguas
...
Para Pabón es un contrasentido que la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, asegure que el concepto de socialismo del siglo XXI tiene cabida en el ordenamiento jurídico y, aún así, se pretenda cambiar el texto constitucional. "Si tiene cabida, para qué van a cambiar la Carta Magna. Ella debe ser una privilegiada que conoce, finalmente, qué es el socialismo del siglo XXI. Si se va a mantener el pluralismo político, la propiedad privada, la división de poderes, no hay necesidad de cambiar el texto. No se entiende entonces qué se quiere cambiar. Además, ella está emitiendo opinión", dijo. ¿Cuál será el efecto de la redefinición y clasificación de la propiedad privada? Todavía no sabemos cómo van a modificarla ni qué se pretende. Llama la atención la manera en que se utiliza la expropiación como un castigo. El problema no son las clasificaciones, sino a cuál se privilegia. ¿Cree que detrás del conflicto entre el TSJ y la AN hay algo más que la simple modificación del artículo 31 del ISRL? No creo que sólo la interpretación que se hizo de la ley desatara esa alharaca política. Si el Gobierno tiene una ley habilitante para modificar cualquier norma, Chávez podría cambiar ese artículo. La AN acusó al TSJ de usurpar atribuciones y pretendió anular una sentencia. El Parlamento no tiene potestad para desacatar un dictamen del máximo tribunal; eso es un delito. REGRESAR |
*** noticias no disponibles *** |
|