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El presidente de la Comisión de Energía y Minas de la Asamblea Nacional, Angel Rodríguez, informó que una vez aprobada la Ley Orgánica de Reordenamiento del Mercado Interno de los Combustibles Líquidos, las empresas intermediarias objeto de nacionalización o expropiación, tendrán 60 días para negociar con el Ejecutivo Nacional.
'Este instrumento legal será aprobado en primera discusión el próximo miércoles. En el mismo se establece que se reserva al Estado, por razones de conveniencia nacional, la actividad de intermediación para el suministro de estos productos, realizada entre las filiales de Petróleos de Venezuela y los establecimientos dedicados a su expendio'.
Añadió que la medida también afecta al trasporte terrestre, acuático y de cabotaje de combustibles líquidos. El mismo día de la entrada en vigencia de la Ley, se designarán los comités de transición que se encargarán de las negociaciones, para garantizar así la continuidad operacional y la prestación del servicio.
En consecuencia, se declaran de utilidad pública y de interés social las actividades objeto de la reserva, así como los bienes, obras, trabajos y servicios que fueren necesarios o complementarios para realizarlos
'Para la fijación del justiprecio de los activos que pasarán a formar parte del Estado, se tomarán en cuenta las inversiones realizadas y su valor en libro. En las conversaciones con los dueños de estos bienes para establecer la indemnización, en ningún momento se considerarán el lucro cesante o los daños indirectos'.
Rodríguez enfatizó que para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones laborales derivadas de la Ley Orgánica del Trabajo, está previsto que el Gobierno pueda realizar las retenciones necesarias sobre la valoración realizada. También se incluye la posibilidad de exigir las fianzas que se consideren pertinentes, para honrar estos pasivos.
'Un aspecto muy importante que se aborda en la Ley, es la jurisdicción de los tribunales nacionales, a la hora de dirimir cualquier controversia que se derive del proceso. Es decir, que por tratarse de un asunto de interés nacional, está descartado el arbitraje o cualquier demanda en cortes extranjeras'.
El parlamentario destacó que la reserva en materia de transporte terrestre de combustibles líquidos, se aplica a las empresas que, según determine el Ministerio con competencia en materia petrolera, desarrollen concentraciones de mercado, así como las que tengan en propiedad u operen con cinco o más unidades de transporte terrestre.
'Allí se incluye el denominado chuto o camión tractor y la cisterna, así como las que suministran los combustibles líquidos a las empresas del Estado y a las empresas privadas del sector industrial, del sector alimentos y otros productos o insumos de primera necesidad'.
El Presidente de la Comisión de Energía y Minas dijo que estarán exentos del pago de impuestos, tasas, contribuciones especiales o cualquier otra obligación tributaria, los actos, negocios y acuerdos que se realicen o suscriban a los efectos de la nacionalización o expropiación.
'También gozarán de este beneficio las cesiones, transferencias de bienes y cualquier otra operación que genere enriquecimiento o supongan la enajenación, transmisión o venta de bienes destinados a conformar el patrimonio del Estado', concluyó.
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| Fecha publicada: 26/08/2008 Fuente: Globovisión Tema: petroleo
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