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El anuncio enmarcado en la disposición décimo octava de las disposiciones finales del proyecto de Ley Orgánica de Telecomunicaciones, Informática y Servicios Postales que dispone la creación en el país de un Punto de Acceso Nacional (o Network Access Point, NAP, por sus siglas en inglés), ha abierto la posibilidad de la regulación, control, censura y dominio por parte del Estado del acceso a Internet y de los contenidos que por allí circulan.

Sin embargo, bajo otra óptica, la creación del NAP nacional, en otro escenario y ambiente político, podría abrir la posibilidad a las empresas proveedoras de servicios para que, a través de ese punto de acceso, pudieran disminuir sus costos y con ello el servicio que prestan a sus clientes, pues no necesariamente los usuarios al hacer click en una página Web local, tendrían que viajar, por la red, hasta Miami u otro punto cercano de la red mundial de Internet, para descargar el contenido que necesitan, sino que automáticamente ese clic quedaría en casa como consecuencia de que la información que busca está alojada en servidores y en el NAP venezolano.

Desde hace por lo menos siete años, a raíz de la promulgación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones en el año 2000, el sector que hace vida en las telecom locales esperaba la creación del punto de acceso, pues justo después de la aprobación de la Ley del año 2000, el Gobierno Nacional dispuso de una partida de 400 mil dólares para que pudiera establecerse.

No obstante, pasaron los años y todo quedó en stand by, pues incluso el dinero previsto nunca fue desembolsado (se quedó en el Fondo de Investigación de las Telecomunicaciones, Fidetel), hasta hoy día, cuando, a través de un Proyecto de Ley, que luego de filtrar han querido desmentir, sin tomar en cuenta la sentencia del TSJ del 29 de julio que le dio carácter orgánico al instrumento constitucionalmente. Además emiten un anuncio sobre su creación y generan una reacción en cadena por las implicaciones que, desde el punto de vista político en temas como la censura y el control al acceso a Internet, éste pudiera generar, sobre todo en un país crispado por las violaciones a las leyes en todos los sentidos, la interpretación a conveniencia de los instrumentos y, por supuesto, la imposición sin consulta de normas que afectan la vida de los ciudadanos.

Es importante señalar que la creación de un Punto de Acceso Nacional pasa por una serie de detalles y normas internacionales importantes a las que administradores, tanto públicos como privados, deben someterse, para mantenerse en línea con la administración del Internet mundial.

Una de ellas, la más importante, tiene que ver con el Consejo Mundial de Administración y Governanza del Internet, dependiente de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, que sugiere a los poseedores de Puntos de Acceso a la red, tanto públicos como privados, que no son muchos en el mundo, someterse al cumplimiento de los términos establecidos en las políticas de administración de Internet, no intervenir en los contenidos que por allí circulan y a garantizar la independencia de los contenidos que por allí se emiten.

En pocas palabras, si el Estado venezolano se somete a los lineamientos mundiales con la creación del NAP local y no obliga a todos los proveedores de servicios a conectarse a su punto, será más difícil la censura o limitación, pero no imposible. De lo contrario, los ciudadanos estarían sometidos a la vigilancia si es que para el Estado es una razón importante para resguardar la seguridad de la nación.

Como en todas las leyes, habrá que esperar el reglamento que la apoye, aunque es importante destacar que en una Ley es extraño disponer de un artículo para hacer un anuncio, como es el caso de la disposición décima octava de la Ley de Telecomunicaciones, que da a conocer la creación del NAP venezolano. REGRESAR


Fecha publicada: 29/08/2008
Fuente: TalCual
Tema: internet

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