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Si un tarjetahabiente se retrasa en el pago mínimo de su tarjeta de crédito no tendrá mecanismos para establecer un convenio con una institución bancaria para reestructurar su deuda y cancelarla de manera distinta.

Una vez que la ley de tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico estipule que queda prohibido el cobro de intereses sobre intereses y no aclare que se permite la reestructuración de los créditos, es muy posible que se cree un limbo en el cual será complicado para los usuarios morosos resarcir su falta.

La razón se fundamenta en que en el artículo 69 de la nueva ley, que entrará en discusión mañana en plenaria, establece la prohibición del cobro de intereses sobre intereses y su capitalización en las líneas de crédito que se otorguen a los tarjetahabientes. 'Esto traería como consecuencia que un deudor en mora no pueda convenir con su acreedor el pago escalonado de sus deudas, lo que hará cuesta arriba que un usuario en atraso pueda solucionar esa condición y rehabilitar su situación financiera', explica Roberto León Parilli, presidente de la Alianza Nacional de usuarios y Consumidores.

Aclara que la redacción de este artículo dificulta convenir con el emisor (banco) del crédito condiciones de pago distintas a las establecidas en las tarjetas de crédito, y sus deudas seguirían creciendo sin control. 'Lo cual alejaría una solución programada según las posibilidades del tarjetahabiente'.

Por esta razón, Anauco envió a la Asamblea algunas recomendaciones que espera sean tomadas en cuenta en la discusión.

La Alianza recuerda que la posibilidad de capitalizar, cuando se trate de un convenio de pago entre las partes (reestructuración del crédito), está prevista en el artículo 530 del Código de Comercio; por lo que es importante tenerla en cuenta para evitar colisiones inconvenientes, 'y preservar la posibilidad de reestructuración del crédito para que el deudor en incapacidad pueda solventar sus deudas', añade el documento consignado.

Cuando el primer texto legal fue azarosamente aprobado por la Asamblea en diciembre de 2005, los sectores involucrados mostraron su preocupación, pues su aplicación implica altos costos para la banca -que serán transferidos a los usuarios-, merma en las facilidades de compra con plásticos, contracción en las ganancias para los pequeños comerciantes e inseguridad para la banca en vista de la regulación del Sistema de Información Central de Riesgos.

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Fecha publicada: 03/09/2008
Fuente: El Nacional
Tema: leyes

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